ORDENANZA N 262
VISTO:
La Ordenanza Nro. 107/94 que reglamenta el funcionamiento de las confiterías bailables y discotecas; y:
CONSIDERANDO:
Que el artículo 9no. de la misma establece un ancho de puertas mínimo de 1,30 mts. destinadas al ingreso y evacuación de los concurrentes.-
Que asimismo, en la citada norma legal se relaciona dicho ancho de aberturas con el número máximo de concurrentes, estableciéndose un mínimo de una salida cada 200 personas .-
Que cuando se trata de locales construídos con dicho objeto con anterioridad a la vigencia de la citada norma, en general las puertas de salida no cumplen la precita-da condición de ancho mínimo de 1,30 mts.-
Que por razones estructurales de los edifi-cios, resulta en muchos casos imposible modificarlos para ade-cuarlos a tal exigencia, lo que dejaría sin posibilidades de habilitar dichos establecimientos, aun cuando cumplieran glo-balmente la relación establecida entre la sumatoria de todas las puertas de salida y la capacidad de admisión de concurren-tes.-
Por ello, el H.C.D. sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1: Incorpórase en el artículo 9no. de la ordenanza municipal Nro. 107/94, el siguiente párrafo: "Cuando se trate de edificios ya construídos destinados a confiterías baila-bles, salones bailables o discotecas cuyas puertas destinadas a la evacuación de concurrentes, no cumplan la condición de ancho mínimo de 1,30 mts., la misma podrá ser suplida por puertas de inferiores anchos, siempre y cuando se alcance o supere la relación resultante entre la sumatoria de anchos de puertas de salida de emergencia y el número de asistentes de acuerdo al cálculo establecido en el presente artículo. En todos los casos, el ancho mínimo de dichas puertas, no podrá ser inferior a 0,70 mts. y su altura no podrá ser inferior a 2,00 mts".-
El párrafo precitado, se incorporará a continuación de la fra-se que expresa: "...Se establece que las puertas deberán abrir en el sentido de la evacuación, con un ancho mínimo de las mismas de 1,30 mts."
ARTICULO 2: Comuníquese a la Oficina de Digesto, a Comercio a Bromatología , al Tribunal de Faltas, regístrese y archívese.-
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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