ORDENANZA N 226
VISTO:
El convenio ampliatorio suscripto por el Sr. Intendente Municipal, dentro del " Programa Social de la Familia Bonaerense Eva Perón "; y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo, en su anexo I., se refiere a dos emprendimientos a desarrollar en Villa Ruiz y Cucullú, con la modalidad de prestaciones definidas como Acciones de Asistencia Nutricional Infantil (AN) en el marco de actividades complementarias que refuercen los ejes alimentación/salud organización comunitaria y capacitación.
Por ello, el H.C.D., en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Homológase el convenio ampliatorio para el Componente de Emprendimientos de Cuidado Infantil (2 a 5 años), suscripto por el Sr. Intendente Municipal y el Ministerio de Salud y Acción Social de la Pcia. de Buenos Aires, dentro del " Programa Social de la Familia Bonaerense Eva Perón ".
ARTICULO 2º: De forma.-
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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