ORDENANZA Nº 96/92
Visto:
El convenio suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Aldo Hugo Nascimbene y el Instituto de la Vivienda de la provincia de Buenos Aires, representado por la Administración General Arq. Marcela Bianchi Silvestre, mediante el cual el referido Instituto se compromete a prestar la asistencia financiera para la construcción de seis viviendas que serán de propiedad de la Municipalidad y se entregaran en comodato a los beneficiarios que el Municipio disponga; y denominado plan “Cuidemos a los abuelos”; y:
Considerando:
Que resulta necesario, dictar el acto administrativo correspondiente, a fin de homologar el convenio suscripto.
Por ello, el H.C.D. sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1: Homologase el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual el referido Instituto se compromete a prestar la asistencia financiera para la construcción de seis (6) viviendas que serán de propiedad de la municipalidad y se entregaran en comodato a los beneficiarios que el Municipio disponga.
ARTICULO 2: Autorizase al Sr. Intendente Municipal, a suscribir toda la documentación necesaria, tendiente al cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3: De forma.
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