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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

96/92:Homologar convenio entre la Municipalidad y el Instituto de la Vivienda.

ORDENANZA Nº 96/92

Visto:

El convenio suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Aldo Hugo Nascimbene y el Instituto de la Vivienda de la provincia de Buenos Aires, representado por la Administración General Arq. Marcela Bianchi Silvestre, mediante el cual el referido Instituto se compromete a prestar la asistencia financiera para la construcción de seis viviendas que serán de propiedad de la Municipalidad y se entregaran en comodato a los beneficiarios que el Municipio disponga; y denominado plan “Cuidemos a los abuelos”; y:

Considerando:

Que resulta necesario, dictar el acto administrativo correspondiente, a fin de homologar el convenio suscripto.

Por ello, el H.C.D. sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTICULO 1: Homologase el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual el referido Instituto se compromete a prestar la asistencia financiera para la construcción de seis (6) viviendas que serán de propiedad de la municipalidad y se entregaran en comodato a los beneficiarios que el Municipio disponga.

ARTICULO 2: Autorizase al Sr. Intendente Municipal, a suscribir toda la documentación necesaria, tendiente al cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTICULO 3: De forma.

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