ORDENANZA 95/92
Visto:
El convenio suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual el referido Instituto se compromete a prestar la asistencia financiera para la construcción de dieciséis (16) módulos de vivienda completa y denominado plan novios; y:
Considerando:
Que resulta necesario dictar el acto administrativo respectivo, a fin de homologar el convenio suscripto.
Por ello, el H.C.D. sanciona con fuerza de:
Ordenanza
ARTICULO 1: Homologase el convenio entre esta Municipalidad de San Andrés de Giles y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual el Instituto se compromete a prestar la asistencia financiera para la construcción de dieciséis (16) módulos de vivienda completa, de un mínimo de 35 m2. de superficie cubierta, que podrán ser utilizados de acuerdo a la planificación municipal de su política de vivienda, en las diferentes modalidades de implementación definidas en el instructivo del Programa, en el marco del decreto Ley 9141 y sujeto a la resolución IVBA Nº 1519/85 y sus modificatorias, denominado Plan Novios.
ARTICULO 2: Autorizase al Sr. Intendente Municipal. A suscribir toda la documentación necesaria para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3: De forma.
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