ORDENANZA Nº 86/92:
ARTÍCULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a abonar al personal temporario contratado cuyo vencimiento de contrato opera el 31 de Octubre de 1992 y el importe mensual que percibe no supere los TRECIENTOS PESOS ($ 300) una bonificación especial para los meses de Septiembre y Octubre del corriente año de TREINTA PESOS ($ 30) mensuales.
ARTÍCULO 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo abonar el importe correspondiente al mes de Septiembre por recibo adicional.
ARTÍCULO 3: Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior serán imputados en Sección 1, Sector 1, Inciso 1, Partida Principal 2, Partida Parcial 5, de cada Finalidad según resulte la respectiva liquidación, del Presupuesto de Gastos en vigencia.
ARTÍCULO 4: De forma.
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