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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1/21: Beneplácito al proyecto de modificación de la ley impuesto a las ganancias.

 RESOLUCIÓN Nº 1/21

 VISTO:

El proyecto de Ley presentado par el presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, Diputado Dr. Sergio Massa, el cual propone la sustitución de diversos artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias, reduciendo el monto mínimo imponible y las deducciones especiales que se realizan actualmente a los trabajadores, y;

CONSIDERANDO:

Que, teniendo especial consideración en cuanto al enorme esfuerzo que llevan adelante el Gobierno y los ciudadanos para paliar la situación económica que atraviesa el país, producto de la pandemia.

Que, el Gobierno lanza diversas medidas tendientes a acompañar el proceso de recuperación productiva y salarial, coma ser el ATP, IFE, prorroga de vencimiento de alquileres y desalojos, congelamiento de los créditos UVA, entre otras.

Que, a través de dicha iniciativa, se propone que el Impuesto a las Ganancias sea pagado solamente por quienes perciben salarios mayores a 150 mil pesos mensuales, y jubilaciones que superen los ocho haberes mínimos, es decir a 152.280 pesos.

Que por efecto de la aplicación de este nuevo "piso", dejarían de pagar el impuesto 1.267.000 trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas, es decir el 63,4% de los contribuyentes actualmente alcanzados por el mismo.

Que de manera complementaria, 102.741 trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas con remuneraciones de entre 150.000 y 173.000 pesos de ingresos, gozarán de un incremento adicional de sus deducciones para evitar "saltos" bruscos en la escala del impuesto.

Que en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires dejarían de pagar dicho tributo el 67% de los trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas, y en algunas provincias el beneficio alcanzará al 80% de los actuales contribuyentes.

Que, el dinero que no sea descontado y tendrán en sus haberes lo trabajadores y jubilados se volcara sustancialmente a las economías locales, logrando una reactivación del comercio y la industrial y, para consiguiente, puestos de trabajo.

Que el aludido proyecto va en línea con las políticas del Gobierno Nacional para dar sostenibilidad al poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas, con el fin de potenciar la demanda y fortalecer a nuestro mercado interno.

Que la concreción de esta propuesta viene a configurar un esquema tributario altamente progresivo, y el esfuerzo fiscal de unos 40.000 millones de pesos anuales permitirá generar una política virtuosa, que permitirá fortalecer la economía nacional.

Que, el Frente de Todos con clara convicción y compromiso, considera como una de sus máximas prioridades el fortalecimiento de la clase media y trabajadora, a partir de lo cual el presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, Diputado Dr. Sergio Massa presentó el mencionado Proyecto de modificación de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, sanciona la siguiente:

RESOLUCION

Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles expresa su beneplácito por el Proyecto de Modificación de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado 2019), presentado por el Diputado Nacional Sergio Massa a través del Expediente 6960-D-2020.

Artículo 2°: Remítase copia de la presente Resolución a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación pare su conocimiento.

Artículo 3°: De forma.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 11 de marzo de 2021.-

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