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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

821/20: Solicitar intervención de OCEBA por cortes de luz domiciliarios.

 COMUNICACIÓN N° 821

 VISTO: 

Que el Servicio Público de Energía Eléctrica ha sido declarado como derecho humano esencial para el desarrollo del bienestar común, para que las personas tengan una mejor calidad de vida, independientemente de cualquier otra consideración relativa a la capacidad económica y condición social; y

CONSIDERANDO:            

Que además de los elevados valores que llegan en las sucesivas facturas de luz, en este distrito hemos asistido a avisos de cortes del servicio eléctrico domiciliario por falta de pago, siendo que en el marco del COVID 19, se reguló legalmente la suspensión de los respectivos cortes.

Que es importante, instrumentar medidas colectivas con efectiva aplicación para evitar la interrupción de dichos servicios, basados en el derecho social, básico y esencial que asiste a la ciudadanía, en términos generales y mucho más aún en tiempos de Pandemia.

Que el Gobierno bonaerense les exigió a las empresas distribuidoras de electricidad que revisen la facturación de los usuarios para evitar cobros de más o recategorizaciones, tal como denunciaron algunos consumidores en los últimos meses.

Que el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia (Oceba) envió una circular a las cuatro distribuidoras que operan bajo concesión bonaerense (Eden, Edea, Edes y Edelap) y a las cooperativas eléctricas, advirtiéndoles que «deberán revisar la facturación de los usuarios, de modo tal que no sufran recategorizaciones o lecturas de consumo erróneas».

Que ha trascendido sobre la medida adoptada, que desde OCEBA se busca generar una norma clara y precisa para readecuar la facturación real, dejando de lado el sistema de estimaciones de consumo que se ha estado utilizando y que claramente, perjudica a las y los usuarios.

Que es importe que desde el Organismo que debe controlar a las distribuidoras de energía eléctrica, intervengan para evitar los cortes de luz y que se dé cumplimiento a la normativa que protege a las y los usuarios.

Que no hace falta decir que la electricidad permite el acceso a otros derechos fundamentales como el agua, la salud, la educación, el empleo, la seguridad.

Que es imprescindible contar con energía eléctrica para garantizar el acceso a la educación virtual que en esta instancia de aislamiento social obligatorio es requerido para estar integrados al sistema educativo, desde la informática e internet

Que la energía eléctrica es una necesidad básica insustituible y forma parte de los derechos humanos de tipo económico y social. El Estado tiene la obligación de asegurar el acceso a este servicio como parte de un piso de derechos mínimos que tiene que garantizar a toda la población, con costos razonables, económicamente viables, socialmente aceptables y ecológicamente racionales. 

Por ello el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente

COMUNICACIÓN

Artículo N°1Dirigirse al OCEBA a efectos de solicitar su intervención en relación a los cortes de energía domiciliaria que se han avisado o aplicado en distintas familias del distrito -incumpliendo con la medida que indica la prohibición de suspensión del servicio eléctrico por motivo del COVID19-, y además, para que observen los criterios de facturación que se han aplicado por parte de la empresa EDEN SA.

Artículo N°2: De forma

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 1° de octubre de 2020.-

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