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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

389/19: Bonificación por actividad crítica.


RESOLUCIÓN Nº 389
Visto:
El tratamiento del proyecto de ordenanza que declara de la actividad crítica y

Considerando
Que, una vez ingresado el proyecto y  con fecha 11 de marzo del corriente la Comisión de salud se reunió con agentes del sistema de salud municipal donde se explicitó el acompañamiento a la declaración de  actividad crítica fundamentando tal petición, según costa a fojas 116, 117 y 118 del libro de actas.

Que con fecha 20 de marzo del corriente la Comisión de salud se reunió con representantes del DE donde comienza a debatirse el tema y donde el DE se compromete a aportar información relativa a la materia.

Que, en el mismo sentido, con fecha 3 de abril del 2019 vuelven a reunirse los representantes del DE con la Comisión de salud donde se analiza la información aportada y ambas partes se comprometen a elaborar propuestas superadoras del proyecto original.

Que, finalmente, en reuniones posteriores se recepciona y debaten  las propuesta arribando a un acuerdo respecto del proyecto de ordenanza.

Que ese proyecto propone declarar la presencia de factores de riesgo en la actividad laboral desarrollada por agentes que prestan servicios en el Hospital Municipal San Andrés y demás dependencias del sistema de salud municipal.

Qué,  asimismo, declara a todos los agentes involucrados en el ámbito de la salud como personal que realiza ACTIVIDAD CRITICA.

Qué, por otra parte, se solicita al DE, en el marco del presupuesto vigente y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 34 de la LOM, arbitre los medios pertinentes para  incorporar al Convenio Colectivo de Trabajo de la Municipalidad de San Andrés de Giles, aprobado por ordenanza 2061/18,  una bonificación sobre el sueldo básico de carácter remunerativa por actividad crítica del  25% para los agentes comprendidos en artículo 2º, siempre que lo estime oportuno y conveniente.

Que dicha solicitud se realiza peticionando que se atiendan  los criterios de gradualidad, progresividad y equidad.

Por ello, en uso de sus atribuciones, el HCD aprueba la siguiente:

RESOLUCION

Artículo 1°: Expresar que este cuerpo vería con agrado que el Departamento Ejecutivo incorpore la bonificación por actividad crítica para los agentes del sistema de salud municipal y que la misma se realice atendiendo a los criterios de gradualidad, progresividad y equidad, tal como se propone a continuación:
a-  Agentes comprendidos en las categorías 2 a 4 inclusive: bonificación por AC al 25% a partir del 1/04/2019.
b-   Agentes comprendidos en las categorías 5 y 6: bonificación por AC al 25% a partir del 1/05/2019.
c-   Agentes comprendidos en las categorías 7 y 8: bonificación por AC al 25% a partir del 1/06/2019.
d-  Agentes comprendidos en las categorías 9 y10: bonificación por AC al 25% a partir del 1/07/2019.
e- Agentes comprendidos en las categorías 11 y 12: bonificación por AC al 25% a partir del 1/08/2019.
f-   Agentes comprendidos en las categorías 13 a 15 inclusive: bonificación por AC al 25% a partir del 1/09/2019.
g-  Agentes comprendidos en las categorías 16 a 19 inclusive: bonificación por AC al 25% a partir del 1/10/2019.
h-  Agentes comprendidos en las categorías 20 a 24 inclusive: bonificación por AC al 25% a partir del 1/11/2019.
i-  Agentes de la carrera médica Médico Hosp. Asist 24 hs., Médico Hosp. Agreg. 24 hs. Y Médico Hosp. C 24 hs. al 25% a partir del 01/02/2020.
j- Agentes de la carrera médica Médico Hosp. Asist 36 hs., Médico Hosp. B 24 hs. y Médico Hosp. A  24 hs. al 25% a partir del 01/03/2020.
k-  Agentes de la carrera médica Médico Hosp. Agreg  36 hs.,  Médico Hosp. C  36 hs., Médico Hosp. B 36 hs. Y Médico Hosp. A 36 hs  al 25% a partir del 01/04/2020.

Artículo 2º: De forma.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de abril de 2019.-     

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