ORDENANZA Nº 2167
Visto:
El proyecto de ordenanza de cálculo de recursos y presupuesto para el ejercicio
2019 remitido por el DE y;
Considerando:
Que, del análisis del citado proyecto se desprende
la necesidad de incrementar las partidas vinculadas al acompañamiento y
fortalecimiento de las instituciones deportivas de nuestro Partido;
Que,
asimismo, corresponde garantizar el acceso equitativo a esos recursos por parte
de las instituciones deportivas;
Que, por lo anterior, es dable fijar pautas y
criterios para el otorgamiento de subsidios como así también dotar al DE de
herramientas para ampliar y mejorar la disponibilidad de recursos destinados a
las instituciones deportivas;
Que, en todo ello, es notable y requiere
nuestro reconocimiento la tarea que las instituciones mencionadas realizan en
nuestra comunidad, siendo ellas mismas instrumentos de inclusión social a
través de la práctica deportiva y la recreación;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en uso de
sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Crease el programa de Fortalecimiento a
Instituciones Deportivas que tiene por objeto el acompañamiento a clubes y
ligas vinculadas al deporte en nuestro Partido durante el año 2019.
Artículo 2°: El programa se implementará desde
la Secretaría de Deportes Municipal y dispondrá de $1.200.000 (Un millón doscientos mil pesos),
que podrá ampliarse, para subsidiar a
las instituciones deportivas.
Artículo 3°: Los subsidios se otorgarán
teniendo en cuenta:
-
Actividades y
disciplinas periódicas y regulares desarrolladas por las instituciones.
-
Cantidad de
participantes comprometidos en dichas actividades y disciplinas.
-
Realización de
eventos especiales.
-
Refacciones y
mejoras destinadas a las instalaciones deportivas.
-
Gastos de
funcionamiento.
Artículo 4º: Los subsidios que reciban las
instituciones deberán ser rendidos conforme
lo establezca la autoridad de aplicación.
Artículo 5º: Los
gastos que demande la aplicación del programa de Fortalecimiento a
Instituciones Deportivas serán imputados a la partida 62.01.00 5.1.7.0-
Artículo
6°: De forma.
Dada en Sesión Extraordinaria celebrada por
este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 27 de diciembre
de 2018.-
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