COMUNICACIÓN Nº
759
Visto:
La Comunicación N° 731/18,
sancionada por este Cuerpo Legislativo, el día 31 de Mayo de 2018, por la que
se le solicita al Sr. Intendente Municipal adopte las medidas que estime
pertinentes, para que los ciudadanos residentes en la localidad de Solís
cuenten con un correcto servicio de transporte público de pasajeros, y ;
Considerando:
Que la Comunicación N° 731 hasta el día de la fecha no fue contestada;
Que la situación en la actualidad se agravó al suspenderse el servicio de
la Empresa Masterbus, que al mediodía salía de la localidad de Solis para la
ciudad cabecera y hacía el trayecto inverso a las 14 hs;
Que los vecinos se ven más afectados, por inexistencia absoluta de transporte de pasajeros hacia la ciudad
cabecera del Partido;
Que es imperiosa la necesidad de los vecinos de la localidad, de
dirigirse a la ciudad San Andrés de Giles, como se manifestó en la comunicación
anterior, ya sea para efectuar trámites particulares, como así también para
realizar gestiones ante entidades públicas o bancarias, o recibir atención
médica en el Hospital San Andrés;
Que los vecinos de la localidad, en reiteradas oportunidades, han
manifestado la preocupación por la falta de este servicio, y hoy la situación
se agrava por no contar con ningún servicio de transporte;
Que además para los habitantes de la localidad de Solis, seria de máxima
utilidad que existiera un servicio de transporte público de pasajeros, con
adecuada frecuencia;
Por ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones, aprueba
la siguiente:
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: Reiterar en todos
sus términos la Comunicación N° 731/18 sancionada oportunamente solicitando al
Sr. Intendente Municipal de San Andrés de Giles que adopte las medidas que
estime pertinentes, para que los ciudadanos residentes en la localidad de Solís
cuenten con un correcto servicio de transporte público de pasajeros, tomando en
consideración la gravedad actual de total y absoluta falta de servicios.-
Artículo 2º: Requiérase al
Departamento Ejecutivo, accione en los términos del artículo precedente a la
brevedad y con la urgencia que el caso amerita.-
Artículo 3°: De forma.-
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo
Deliberante de San Andrés de Giles, el día 20 de septiembre de 2018.-
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