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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

700/17: Informar sobre Oficina de información al Consumidor.

COMUNICACIÓN Nº 700

VISTO

La sanción de la ordenanza 1935/16: Creación de la Oficina de Información al Consumidor “O.M.I.C.” con el fin de garantizar los derechos de los consumidores del Partido de San Andrés de Giles frente a la posibilidad de prácticas comerciales abusivas; y

CONSIDERANDO

Que el Artículo 42º de la Constitución Nacional consigna que: “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno”;

Que el Artículo constitucional de referencia, agrega además que: “las Autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios”;

Que la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor, establece las normas de protección y defensa de los consumidores;

Que en el Artículo 60º de la Ley de referencia, se otorga competencias a los Municipios para la formulación de planes generales de educación para el consumo y su difusión pública y para la “implementación de programas destinados a aquellos consumidores y usuarios que se encuentren en situación desventajosa, tanto en zonas rurales como urbanas”;

Que en la Ley Provincial Nº 13.133 se fijan las bases legales para la defensa del consumidor y del usuario y se establecen las reglas de las políticas públicas y los mecanismos administrativos y judiciales para la efectiva implementación en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;

Que en el Artículo 80º de la Ley de referencia, se consigna que: “los Municipios” serán los encargados de aplicar los procedimientos y las sanciones previstos en esta Ley, respecto de las infracciones cometidas dentro de los límites de sus respectivos territorios;

Que el Artículo de referencia se establece además que corresponde a los Municipios “implementar el funcionamiento de un organismo o estructura administrativa que se encargará de ejecutar las funciones emergentes de esta ley y que, a tal efecto, podrán crearse estructuras administrativas u organismos especializados, o asignárselas a organismos ya existentes con potestades jurisdiccionales sobre cuestiones afines”;

Que el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles sancionó en Julio de 2016 la Ordenanza Nº 1935 que crea la “O.M.I.C.”

Que a la fecha el Departamento Ejecutivo no ha puesto en vigencia lo normado en la citada ordenanza.

Que ante los nuevos aumentos de tarifas en la provincia de Buenos Aires y los constantes abusos de las empresas de servicios, se hace imperiosa la puesta en funcionamiento de dicho ámbito administrativo.

Por ello el HCD, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente
                                              
COMUNICACIÓN

Artículo 1º: Se solicita al Departamento Ejecutivo informe a este Cuerpo la conformación de la Oficina Municipal de Información al Consumidor “O.M.I.C.”, creada por Ordenanza N° 1935/16 y detalle el funcionamiento y sus competencias.

Artículo 2 º: De forma


Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 14 de mayo de 2017.-

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