RESOLUCIÓN Nº 350
VISTO:
La ley de
Financiamiento Educativo Nº 26075, sancionada en diciembre de 2005 y promulgada
en enero de 2006; y
CONSIDERANDO
Que en su art 9º establece el Programa
Nacional de Compensación Salarial Docente, cuyo objetivo será el de contribuir
a la compensación de las desigualdades en el salario inicial docente en
aquellas provincias, en las cuales se evalúe fehacientemente que, a pesar del
esfuerzo financiero destinado al sector y de las mejoras de la eficiencia en la
asignación de los recursos, no resulte posible superar dichas desigualdades.
Que en su art. 10º
indica que el Ministerio de Educación, Ciencia y
Tecnología juntamente con el Consejo Federal de Cultura y Educación y las entidades
gremiales docentes con representación nacional, acordarán un convenio marco que
incluirá pautas generales referidas a: a) condiciones laborales, b) calendario
educativo, c) salario mínimo docente y d) carrera docente.
Que
el Decreto Nº 457/07, Reglamentario del art 10º, destaca en su art 6º
que comprenderá todas las cuestiones laborales generales que integran la
relación de empleo de los trabajadores docentes de todas las jurisdicciones,
tanto las de contenido salarial como las demás condiciones de trabajo.
Que el art 7º de dicho Dto.
Reglamentario establece entre otros aspectos el intercambio de información
sobre previsiones presupuestarias y ejecución del presupuesto, políticas de
inversión, indicadores de accidentes y enfermedades, presentismo y ausentismo.
Que en los 10 años desde la reglamentación de Ley 26075, se celebraron
Paritarias Nacionales Docentes cada año.
Por ello el HCD, en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCION
Artículo 1º: Manifestar nuestra adhesión a los principios
establecidos en el art. 10º de la Ley de Financiamiento Educativo
Artículo 2º: Expresar la importancia de la convocatoria a
la Paritaria Nacional Docente como justo cumplimiento del marco legal vigente y
como necesario paso para la resolución del conflicto docente.
Artículo 3º: Manifestar nuestro más enérgico repudio a la
represión a los docentes, ocurrida el domingo próximo pasado en la Plaza del
Congreso con motivo de armar la “escuela pública itinerante”.
Artículo 4º: De forma.
Dada en la
Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San
Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 12 de abril de
2017.-
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