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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

350/17 Adhesión a la Ley de Financiamiento Educativo.

RESOLUCIÓN Nº 350

VISTO:
La ley de Financiamiento Educativo Nº 26075, sancionada en diciembre de 2005 y promulgada en enero de 2006; y

CONSIDERANDO

Que en su  art 9º establece el Programa Nacional de Compensación Salarial Docente, cuyo objetivo será el de contribuir a la compensación de las desigualdades en el salario inicial docente en aquellas provincias, en las cuales se evalúe fehacientemente que, a pesar del esfuerzo financiero destinado al sector y de las mejoras de la eficiencia en la asignación de los recursos, no resulte posible superar dichas desigualdades.

Que en su art. 10º indica que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología juntamente con el Consejo Federal de Cultura y Educación y las entidades gremiales docentes con representación nacional, acordarán un convenio marco que incluirá pautas generales referidas a: a) condiciones laborales, b) calendario educativo, c) salario mínimo docente y d) carrera docente.

Que  el Decreto Nº 457/07, Reglamentario del art 10º, destaca en su art 6º que comprenderá todas las cuestiones laborales generales que integran la relación de empleo de los trabajadores docentes de todas las jurisdicciones, tanto las de contenido salarial como las demás condiciones de trabajo.

Que el art 7º de dicho Dto. Reglamentario establece entre otros aspectos el intercambio de información sobre previsiones presupuestarias y ejecución del presupuesto, políticas de inversión, indicadores de accidentes y enfermedades, presentismo y ausentismo.

Que en los 10 años desde la reglamentación de Ley 26075, se celebraron Paritarias Nacionales Docentes cada año.

Por ello el HCD, en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                               RESOLUCION

Artículo 1º: Manifestar nuestra adhesión a los principios establecidos en el art. 10º de la Ley de Financiamiento Educativo

Artículo 2º: Expresar la importancia de la convocatoria a la Paritaria Nacional Docente como justo cumplimiento del marco legal vigente y como necesario paso para la resolución del conflicto docente.

Artículo 3º: Manifestar nuestro más enérgico repudio a la represión a los docentes, ocurrida el domingo próximo pasado en la Plaza del Congreso con motivo de armar la “escuela pública itinerante”.

Artículo  4º: De forma.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 12 de abril de 2017.-           


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