ORDENANZA Nº 1961
Visto:
El
expediente N° 4101-0173/2011 caratulado: Instituto de Sanidad Ganadera S.R.L.
s/ solicitud de parcela en el Sector Industrial, y
Considerando:
Que
el mismo se inicia con una solicitud de la firma Instituto de Sanidad Ganadera
S.R.L., referida a la cesión gratuita de una parcela en el Sector Industrial
Planificado, para la instalación de una planta para la fabricación de productos
veterinarios.
Que
en virtud de ello, ha sido sancionada la ordenanza N° 1545/11, mediante la cual
se cede a la firma mencionada supra, la fracción identificada como
Circuscripción II, Sección C, Fracción II, Parcela 15 y 16 en el S.I.M.
Que
con fecha 19 de octubre del año en curso, el Sr. Director de Producción del
Municipio, manifiesta que se ha
deslizado un error en la descripción de la Nomenclatura Catastral consignada en
la ordenanza aludida, por lo que corresponde realizar una rectificación de la
misma.
Por
ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la
siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Modifícase el artículo 1° de la
ordenanza N° 1545, sancionada con fecha 18 de mayo del año 2011, el que quedará
redactado de la siguiente manera: “ ARTICULO
1°: Autorizase al D.E. a ceder
gratuitamente a la firma “ Instituto de
Sanidad Ganadera S.R.L.”, con identificación tributaria Nº 30-50313273-3,
domiciliada en Peru 1655 Ciudad Autonoma de Buenos Aires, la fracción
identificada con la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción II, Sección C, Fracción II, Parcela 3 lotes 15 y 16
, según croquis de ubicación que se acompaña, –comprendida en la Zona Industrial
Exclusiva- encerrando una superficie de 4.700 mts.2 aproximados, con cargo a
ser destinada a la construcción y habilitación de un establecimiento para instalación de una planta para la fabricación
de productos veterinarios; cuya descripción del proceso industrial y demás
información identificatoria se encuentra incorporada al Expediente
4101-0173/11.
Artículo 2°: De forma.
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable
Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 9 de noviembre de 2016.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario