COMUNICACIÓN Nº
680
VISTO:
La necesidad imperante de los habitantes del
Municipio de San Andrés de Giles, de contar con información pública acerca de
las frecuencias de colectivos interurbanos que comunican nuestra ciudad con
otras vecinas, dado el problema que ha generado en los usuarios la arbitraria
decisión de la empresa “La Nueva Metropol SATACI”
de cambiar los horarios de los respectivos colectivos de la línea 276 “La
Isleña”;
CONSIDERANDO
Que
contar con dicha información es clave para el desarrollo de las actividades de
los vecinos de San Andrés de Giles.
Que
el servicio del 276 es utilizado por estudiantes y trabajadores, y no contar con
dicha información pone en riesgo la regularidad de los alumnos y el presentismo
en los trabajadores.
Que
es imprescindible para la seguridad de los ciudadanos contar con dicha
información para evitar la exposición de los mismos por largos períodos de tiempo
en las paradas de colectivo.
Que
es un derecho de todos los ciudadanos contar con información acerca de las
cuestiones del Municipio de San Andrés de Giles y que esta sea pública y de
fácil acceso.
Que
la falta de puntualidad y en algunos casos la no aparición de algunos
servicios, son frecuentes en la línea 276.
La
falta de una respuesta formal a una comunicación realizada con anterioridad por
los miembros de este cuerpo a la empresa “La Nueva Metropol SATACI”.
Por ello, el HCD en uso de sus atribuciones, aprueba la
siguiente:
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: Solicítese a la empresa “La Nueva Metropol
SATACI”, regularizar la frecuencia.
Artículo 2°:
Solicítese a la empresa “La Nueva Metropol SATACI” que conteste de
manera formal, cuales son los horarios y recorridos de los colectivos de la
línea 276 “La Isleña” que partan desde nuestra ciudad, como así también de las
ciudades aledañas que tengan como destino San Andrés de Giles, con el fin de
que todo ciudadano tenga acceso a dicha información.
Artículo 3°: Solicítese
a la empresa “La Nueva Metropol SATACI” una reunión de los miembros de este
honorable cuerpo, con las autoridades de la misma.
Artículo 4°: Elevar una queja
formal ante la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, sobre la
situación actual de la línea 276 y el perjuicio que provoca a sus usuarios.
Artículo 5°: De Forma.
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