COMUNICACIÓN Nº
666
Visto:
Considerando:
Que dicho Decreto dice textualmente:“Para
abordar esta realidad social, la Mesa Intersectorial de Violencia de la provincia
de Buenos Aires, prevista por el marco legal, propone un Sistema Provincial
Integrado de prevención y atención de las víctimas de violencia familiar, que
se construye a partir de la generación de políticas integrales, articuladas
interinstitucionalmente y fortalecidas en el marco de la Red de instituciones dedicadas
a la materia, teniendo en cuenta que esta red también está prevista en el marco
legal vigente.”
Que el “sistema debe
considerar que toda víctima de violencia pertenece a una red formal e informal
de relaciones personales y sociales que se desarrollan en un determinado
territorio. Por tal motivo, tanto la Mesa Intersectorial
como el Sistema Integrado y la Red ,
deberán contar con sus figuras locales: la Mesa Local de
prevención y atención de la violencia familiar, el Sistema integrado local, y la Red local de instituciones”.
Que las “Mesas locales.
Por esta razón, el caso detectado o denunciado debe, necesariamente, anclar en
un primer nivel de contención y atención dado por el gobierno municipal (áreas
de acción social, salud, derechos humanos, consejos de las mujeres), organismos
provinciales en el territorio (comisarías, establecimientos sanitarios o
educativos, dependencias del Poder Judicial, promotores de programas
provinciales: Plan Más Vida, promotores de Derechos Humanos, etc.),y/o grupos
sociales o comunitarios dedicados a la temática en la región o localidad, que
asuman acuerdos con el gobierno municipal y/o con el gobierno provincial. No se
trata de superponer acciones o eludir responsabilidades frente a la
problemática, sino de asumir roles diferenciados pero articulados de tal modo
que la respuesta sea coherente y eficaz.”
Por ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
COMUNICIACION
Artículo 1º: Manifestar la voluntad del Cuerpo
en formar parte de la Mesa
Local de Violencia a través de dos integrantes de este
Honorable Concejo Deliberante para poder de este modo, planificar en forma
mancomunada políticas públicas en relación a la problemática. Para conseguir ciudadanizar las iniciativas, incluyendo a
quienes hemos sido elegidos por el voto popular y estamos interesados en la
problemática.
Artículo 2º: De forma.
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