ORDENANZA Nº
1902
Visto:
El
expediente Nº 4101-0245/15 mediante el cuál se tramita el llamado a Licitación
Pública N*01/2016, cuyo objeto es la
fabricación y montaje de una carpa estructural para el cerramiento
destinada a la climatización de los natatorios del Parque Municipal ; y
Considerando:
Que en
virtud de los términos de dicho acto administrativo, se fijó fecha de apertura
de propuestas para el día 29 de febrero de 2016 a la hora 10: 00.
Que, en el
acto de apertura de propuestas se han recibido y han sido objeto de análisis
las propuestas de
los siguientes oferentes :
Oscar Pagani e Hijos S.R.L. $ 2.263.000,
Singh Construcciones S.R.L. $
2.405.530 y
Grupo Kosim S.R.L. $ 2.490.000.
Que, del
análisis practicado a las mismas, surge lo siguiente:
Ø La oferta
perteneciente a la firma “Oscar Pagani e Hijos S.R.L.” fue observada por la Empresa “Singh
Construcciones S.R.L.” por inconvenientes en la garantía de oferta,
verificándose posteriormente el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo
9º de las Cláusulas Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones de la
licitación pública en cuestión.
Ø La firma “Grupo
Kosin S.R.L.” – en virtud de lo informado por el Contador Municipal- no se
encuentra inscripta en el Registro de Contratistas de la Municipalidad , no
cumplimentando consecuentemente lo estipulado en el artículo 21º de las
cláusulas legales generales del Pliego de Bases y Condiciones de la misma
licitación pública.
Que, el
artículo 11º de las Cláusulas Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones
establece
que: ”… La Municipalidad se
reserva el derecho de rechazar aquellas ofertas en las cuáles se
verifique
posteriormente al acto de apertura, falsedad de datos o no cumplimiento de lo
exigido
en el Pliego de Bases y Condiciones…”
Que, el Contador Municipal, en su informe de fecha 3
de marzo de 2016 – realizado en
cumplimiento
de lo normado por el artículo 187 de la L.O .M., sostiene: …e) Que en tales circunstancias, y de
acuerdo
al estudio realizado en cumplimiento del artículo 180 del Reglamento de
Contabilidad, si
bien oportunamente las ofertas efectuadas por las firmas Oscar
Pagani e Hijos S.R.L. y Grupo
Kosim S.R.L., no fueron formalmente desestimadas,
el artículo 182 del Reglamento de
Contabilidad dispone que “el carácter de
oferta sólo será conferida a las que se ajusten a las
condiciones de la
licitación. Las que no se ajusten, no se considerarán tales.”
Que, el Secretario de Obras y Servicios
Públicos, informa que la propuesta de la firma “Singh
Construcciones S.R.L.”
cumple con todas las exigencias necesarias – referencias comerciales de
significación y una capacidad operativa suficiente- para cubrir los requisitos
que se derivan de la obra a
cumplimentar.
Que en su
dictamen de fecha 07.03.16, la Srta. Asesora
Letrada del Municipio, recomienda el rechazo de
las propuestas presentadas por
las firmas “Oscar Pagani e Hijos S.R.L.” y “Grupo Kosim s.R.L.”, por no
ajustarse a las condiciones de la Licitación
Pública Nº 01/16 y dada la conveniencia de la restante
oferta,
remitir las actuaciones a este Honorable Cuerpo, a fin de resolver
acerca de su aceptación y proceder a la
adjudicación de la contratación de la
obra de marras.
Que, la
Ley Orgánica Municipal prevé en su articulo
155 , que, para el caso de existir un
solo oferente en a licitación, se podrá resolver su aceptación, previa
autorización del Honorable Concejo Deliberante.
Que,
similar norma contiene el artículo 187 del Reglamento de Contabilidad.
Que debe
tenerse en cuenta la conveniencia de la propuesta, en virtud de lo dictaminado
por los
funcionarios del Municipio.
Por ello,
el Honorable Concejo Deliberante sanciona la presente
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Procédase al
rechazo de las propuestas presentadas por las firmas “Oscar Pagani e
Hijos
S.R.L.” y “Grupo Kosim s.R.L.”, - obrantes en el expediente Nº 4101-245/15 -
por no ajustarse a
las condiciones de la Licitación Pública
Nº 01/16,
ARTICULO 2º: Autorizase al
Departamento Ejecutivo a adjudicar a la firma SINGH CONSTRUCCIONES S.R.L. , con
domicilio real y legal en calle Berutti
Nº 973 de la ciudad de Campana,
Pcia. de Buenos Aires , la licitación pública
Nº 01/2016, cuyo objeto es la
fabricación y montaje de una carpa estructural para el cerramiento
destinada a la climatización de los natatorios del Parque Municipal
ARTICULO 3º: De forma.
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