Visto:
La nota enviada a este
Cuerpo por el CEPT Nº 2 solicitando
autorización para el uso de la Plaza San
Martín los días sábados para la realización de una Feria de artesanos y
emprendedores familiares; y
Considerando:
Que esta medida
es necesaria para el normal desarrollo del evento.
Por
ello, el H.C.D. en uso de sus facultades, sanciona el siguiente:
DECRETO
Artículo 1º: Autorízase al CEPT Nº 2 el uso de la
Plaza San Martín los días sábados desde las
17:00 hs. hasta las 23;30 hs., a partir del 1º de diciembre del corriente año,
para la realización de una Feria de Artesanos y Emprendedores Familiares.
Artículo 2º: La presente autorización se encuentra condicionada a que los
peticionantes cumplimenten ante el Departamento Ejecutivo, los requisitos
mencionados en el artículo 5º de la Ordenanza
N º 1642.
Artículo 3º: De forma.
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