COMUNICACIÓN Nº
657
Visto:
El
proyecto presentado por la EES N º
3, en el marco del HCD Juvenil, solicitando la construcción de una senda
peatonal paralela al Acceso 9 de julio que une la Ruta Nacional Nº 7 y
la localidad de Cucullú; y
Considerando:
Que
las familias de la localidad, docentes, alumnos, trabajadores, utilizan a
diario el acceso 9 de Julio, lo que genera un constante tránsito de autos,
camiones, ómnibus, motos, bicicletas y peatones.
Que
este tránsito de hace más complejo con la presencia de neblinas matinales,
escasa visibilidad los días de lluvia y con la humareda de las hornallas.. Que en otoño e invierno la falta de claridad
en las primeras horas de la mañana aumenta las situaciones de riesgo,
particularmente en los estudiantes de la Escuela Secundaria
que ingresan al establecimiento a las 7
Que
en dicho Acceso se han producido
varios accidentes entre vehículos y bicicletas y/o peatones que han dejado como saldo personas con
gravísimas heridas y muertes.
Que
condiciones más seguras de tránsito posibilitan un mejor y más amplio
aprovechamiento del espacio público.
Que
el Estado tiene como responsabilidad garantizar condiciones que hagan a la
seguridad y eficiencia en el tránsito.
Que
la EES N º 3
presentó en el HCD Juvenil de 2014, un proyecto de igual tenor al que se trató
de dar respuesta a través de la solicitud a Vialidad Nacional para que
incorporara en el pliego técnico de la obra de la Autovía de ruta 7 la
construcción de esta senda.
Que
las gestiones realizadas no encontraron eco en la empresa Cartellone, que debía
realizar el estudio técnico de factibilidad y presupuestar la obra
Por ello el HCD en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
COMUNICACION
Artículo
1º: Dirigirse a Vialidad
Provincial en cuya jurisdicción se halla este camino, para que se pueda avanzar
en la construcción de una senda peatonal paralela al Acceso 9 de Julio que una la Ruta Nacional Nº 7
con la localidad de Cucullú.
Artículo 2°. A tal efecto se solicita arbitrar con el DE
local, de manera de llevar adelante el estudio de factibilidad y disponer las
formas de ejecución del proyecto.
Artículo 3°. Requerir
se tomen las medidas necesarias para mejorar la iluminación del tramo y
la señalización de la cinta asfáltica que ayuden a mejorar las condiciones de
seguridad en el tránsito.
Artículo 4° De forma.
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