COMUNICACIÓN Nº
651
Visto:
Considerando:
Que esta
Ordenanza fue sancionada y promulgada por el Municipio de San Andrés de Giles
en el mes de noviembre de 2014;
Que al día
de la fecha no se ha cumplido con lo que reza el Artículo 2º de la Ordenanza 1787 que
corresponde su ejecución al área del Departamento Ejecutivo involucrada en el
tema;
Que, tanto
autoridades como alumnos de la
Escuela de Educación Secundaria Nº 2 nos han hecho saber de
dicho incumplimiento;
Por ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo cumpla
de inmediato con lo dispuesto por el artículo 2º de la Ordenanza N º 1787 que
textualmente dice:
“Artículo 2º:
Procédase, por parte del Departamento Ejecutivo a la identificación y promoción
del edificio, con la colocación de letreros instructivos y todos los medios
conducentes a su difusión, tal lo establece el artículo 13 de la citada
ordenanza”.
Artículo 2º: Requerimos que a la brevedad posible se vea
plasmado en hechos concretos para que nuestros vecinos y los visitantes que
llegan a nuestra ciudad puedan identificar esta bella estructura
arquitectónica, como Lugar Significativo de nuestra ciudad.
Artículo 3º: De forma.
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