Visto:
La nota presentada a este H.C.D. por la
comunidad boliviana de nuestra ciudad, solicitando el corte de diversas calles el
día 22 de agosto del corriente año, para la realización de una procesión de Fe
y Devoción a la Virgen
de Copacabana; y
Considerando:
Que la medida es
necesaria para el normal desarrollo del mismo;
Por
ello, el H.C.D. en uso de sus
facultades, sanciona el siguiente:
DECRETO:
Artículo 1º: Autorízase a la comunidad boliviana de San
Andrés de Giles el corte de las calles: Belgrano desde San Martín hasta
Rivadavia; Rivadavia desde Belgrano hasta Moreno; Moreno desde Rivadavia hasta
San Martín; San Martín desde Moreno hasta Urquiza; Urquiza desde San Martín
hasta Alem y Alem desde Urquiza hasta la sede del Club Rawson de nuestra
ciudad, el día 22 de agosto del corriente año, a partir de las 08:00 horas,
para la realización de una procesión de Fe y Devoción a la Virgen de Copacabana.
Artículo 2º: : La presente
autorización se encuentra condicionada a que los peticionantes cumplimenten
ante el Departamento Ejecutivo, los requisitos mencionados en el artículo 5º de
la Ordenanza N º
1642.
Artículo 3º: De forma.
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