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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

659/15: Realizar Sesiones Ordinarias en las localidades.

DECRETO Nº 659

Visto:

El interés manifiesto del Honorable Concejo Deliberante, de profundizar su relación con los vecinos, y

Considerando:

Que el artículo Nº 68 de la LOM prevé la posibilidad de realizarse fuera de la cabecera del partido.
Que las localidades rurales de nuestro partido, tienen un reclamo histórico de acercamiento con las Instituciones políticas de su partido;

Que es dificultoso para los vecinos de las localidades rurales, tener la posibilidad de presenciar las sesiones del Honorable Concejo Deliberante, atento a la distancia que las separa de la cabecera del partido, y al horario en que las sesiones se realizan;
Que la presencia de los concejales en las localidades en forma oficial, aumentaría el sentimiento de representatividad de todo el Cuerpo Deliberativo;
Que realizar una sesión en determinada localidad, facilitaría la utilización del espacio denominado “banca abierta” por los vecinos de la misma;
Que esta práctica ya ha sido realizada por diversos cuerpos deliberativos de otras localidades de la provincia con buenos resultados institucionales;
Que la experiencia realizada en el marco de lo dispuesto en el Decreto N° 544 durante el año 2.014 fue calificada como positiva por distintas voces de nuestra comunidad, de las localidades y de miembros de este Honorable Concejo Deliberante;

Por ello, el  H.C.D. en uso de sus facultades, sanciona el siguiente:

DECRETO

Artículo 1º: Dispónese la realización de sesiones ordinarias en el transcurso del presente año 2.015, en fecha y localidades a confirmar, las que serán decididas y acordadas por los presidentes de los bloques de Concejales y de este Honorable Cuerpo.

Artículo 2º: Autorizase a la Presidencia del Cuerpo, a determinar los lugares específicos en los que se llevarán a cabo las Sesiones considerando para tal fin, las escuelas, salones de Sociedades de Fomento, u otros que a su criterio fueran apropiados para tal fin, como así también a dotar a los espacios dispuestos de los recursos técnicos necesarios.

Artículo 3º: De forma.


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