Visto:
La nota presentada a este H.C.D. por la CTA solicitando el uso de la
vereda de la Plaza Mitre
para la realización de una feria, durante los meses de mayo, junio y julio, y
Considerando:
Que la medida es
necesaria para el normal desarrollo del mismo;
Por
ello, el H.C.D. en uso de sus
facultades, sanciona el siguiente:
DECRETO:
Artículo 1º: Autorízase a la CTA al uso de las veredas de la Plaza Mitre para la realización
de la Feria los
primeros y terceros Domingos de los meses de mayo, junio y julio del corriente
año, desde las 10:00 a 18:00 horas. La misma se encuadrará en la Ordenanza 1642 y en la
normativa que al efecto se determine.
Artículo 2º: : La presente
autorización se encuentra condicionada a que los peticionantes cumplimenten
ante el Departamento Ejecutivo, los requisitos mencionados en el artículo 5º de
la Ordenanza N º
1642.
Artículo 3º: De forma.
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