DECRETO
Nº 605
Visto:
Nota
presentada por la agrupación tanguera de Villa Espil s/ solicitar el uso de
espacio publico en la localidad de Villa Espil para los dias 21, 22 y 23 de
noviembre del corriente año; y
Considerando:
Que es
facultad de este Honorable Cuerpo autorizar por ordenanzas el uso de los
espacios públicos de nuestro partido;
Que la
nota de referencia resulta de interés para nuestra comunidad y visitantes que
concurrirán al evento;
Por
ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en uso de las
facultades que le son propias, sanciona el siguiente:
DECRETO
ARTICULO
1º:
Autorízase a la
Agrupación Coreográfica de Villa Espil, al corte de las
calles Simón Cucullu y F. Peláez, intersección de las calles de Alviz y S.
Cucullu, y Alviz y F. Peláez; intersección de las calles Resta y S. Cucullu, y
Resta y F. Peláez; intersección de S. Cucullu y camino de tierra; y al uso del
espacio publico para la intersección de la calle Resta y S. Cucullu para los
días 21, 22 y 23 de noviembre de 2014.
ARTICULO 2º: La presente
autorización se encuentra condicionada a que los peticionantes cumplimenten
ante el Departamento Ejecutivo, los requisitos mencionados en el artículo 5º de
la Ordenanza N º
1642.
ARTÍCULO 3º: De forma.
No hay comentarios:
Publicar un comentario