ORDENANZA
Nº 1774
Visto:
El
expediente Nº 4101-0548/10, caratulado: Dirección de Obras Particulares s/
convenio de planificación urbanística entre el Municipio y la
Sra. Stella Maris Yacoy, y
Considerando:
Que
con fecha 26 de octubre de 2010,
ha sido celebrado un convenio entre la Municipalidad de San
Andrés de Giles y la Sra. Stella
Maris Yacoy, que tiene por objeto lograr la urbanización planificada de un
espacio reservado para la expansión de la ciudad, por el Plan Estratégico de
Desarrollo Urbano aprobado en el año 2001.
Que
en la actualidad, se encuentra en trámite la operación de permuta de bienes,
pactada en el convenio aludido, cuyos gastos serán abonados íntegramente por la
Sra. Stella Maris Yacoy.
Que,
en orden a realizar el acto escriturario, se advierte que las dos fracciones de
pertenencia a este Municipio, deben ser desafectadas del dominio público, para
lograr la transferencia de su propiedad a un particular, conforme se ha establecido.
Que
si bien este H.C.D. en la ordenanza municipal Nº 1510/10, aceptó la permuta de
que se trata, resta desafectar los bienes municipales a permutar, siguiendo la
misma metodología utilizada en el caso de la desafectación parcial de la calle
Alsina, prevista en el artículo 2º de la Ordenanza Municipal
citada.
Que, en virtud de lo determinado en el artículo 27 inciso 2 de la L.O .M. corresponde a este
Honorable Cuerpo resolver sobre el particular.
Por
ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Desaféctanse del uso público las siguientes parcelas propiedad de la Municipalidad de San
Andrés de Giles, a efectos de efectivizar su transferencia a la
Sra. Stella Maris Yacoy, en virtud de lo
establecido en el convenio suscripto con fecha 26 de octubre de 2010:
Circunscripción I,
Sección A, Manzana 304, Parcela 3
A
Circunscripción I,
Sección D, Quinta 6, Manzana 6e Parcela 1 ambas del Partido de San Andrés de
Giles (094).
Artículo 2º: De forma.
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