ORDENANZA
Nº 1752
Visto:
El expediente Nro.
4101-0012/2014 , mediante el cual se tramitan las actuaciones relacionadas con
la cesión en comodato a la
Municipalidad de San Andrés , por parte de la Empresa Distribuidora
de Energía Norte S.A. (EDEN S.A.) de un inmueble de su propiedad; y
Considerando:
Que oportunamente con
fecha 25 de septiembre de 2013, las partes mencionadas suscribieron un contrato
de comodato, cuya cláusula quinta
disponía que el inmueble cedido en comodato , debía a su vez ser
entregado para que sea utilizado por el
Centro de Jubilados de la ciudad de San Andrés de Giles, (Fs.2/4).
Que posteriormente el
Centro de Jubilados “San Andrés” manifestó su decisión de no aceptar la
utilización del inmueble;
Que en consecuencia el
día 19 de marzo del año en curso, las partes intervinientes suscribieron el
correspondiente Acta Acuerdo de Rescisión, con motivo de haber perdido
virtualidad el destino específico del acuerdo original.(Fs.6/7).
Que no obstante, y
persistiendo en las partes , la voluntad de formalizar la cesión del inmueble
modificando el destino del mismo, con fecha 19 de marzo se suscribió un nuevo
acuerdo; (Fs. 8;9 y 10) ;
Que la Municipalidad ha
destinado el referido inmueble , al funcionamiento del Servicio Local de
Protección de los Derechos del Niño/Niña y Adolescentes y de algunas
dependencias inherentes al desarrollo del Programa “Responsabilidad Social
Compartida Envión “
Que el objetivo central del Programa
“Responsabilidad Social Compartida Envión ” es
brindar apoyo a jóvenes de doce a veintiún años en situación de vulnerabilidad,
para el desarrollo de sus capacidades, conocimientos y habilidades, en fortalecimiento
de sus vínculos con la sociedad, su integración al mundo del trabajo e
inserción a la educación.
Que el Servicio Local de
Protección de los Derechos del Niño/Niña y Adolescentes en el marco de la Ley 13.298 realiza distintas acciones tendientes a
garantizar el ejercicio y disfrute
pleno, efectivo y permanente de los derechos y garantías, reconocidos en los el referido ordenamiento
legal y demás normas vigentes, y a asegurar la provisión de medidas capaces de brindar al grupo familiar en
riesgo social, asistencia legal, médica,
psicológica y social , impulsando
desde la
Secretaría Municipal de Desarrollo Humano y Acción Social un
programa cuyo objetivo específico es ofrecer alternativas válidas para la
atención de los menores, para lograr la
integralidad de las intervenciones y fundamentalmente el acceso igualitario a
todos los recursos de la
Comunidad y en los distintos aspectos (social, recreativo,
educacional y laboral) .
Que han intervenido en
las actuaciones del presente expediente, el señor Asesor Letrado y el señor
Contador Municipal, mediante la formulación de sus respectivos dictámenes;
Que es
facultad de este HCD homologar el convenio suscripto en su oportunidad, en
virtud de lo normado por el artículo Nº 41 de la
Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello, el HCD en
uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Homologase
el contrato de comodato suscripto entre la Empresa Distribuidora
de Energía Norte S., (Eden S.A.) y la Municipalidad de San Andrés de Giles, mediante el cual Eden S.A., en su
carácter de Comodante da en comodato a la Municipalidad de San
Andrés de Giles, en su carácter de comodataria
- y esta acepta – el inmueble ubicado en la ciudad de San Andrés de
Giles, de 220
metros cuadrados de superficie, Nomenclatura Catastral:
Circunscripción I; Sección A; Manzana 96, Parcela 9, Partida 3162, inscripto el
dominio en el folio N 152, Año: 1931 del Partido de San Andrés de Giles. El
inmueble será destinado al funcionamiento del Servicio Local de Promoción y
Protección de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Artículo 2º: Autorízase al Sr. Intendente Municipal, a
suscribir toda la documentación que sea necesaria, a efectos de instrumentar lo
establecido en el artículo precedente.
Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar fondos que
excedan el presente ejercicio y a
introducir las modificaciones
presupuestarias que resulten necesarias con el fin de afrontar la atención de
los gastos que se generen , producto de la obligación asumida por el contrato
de comodato objeto de la presente, hasta la finalización de la vigencia del
mismo.
Artículo 4º: De
forma.
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