ORDENANZA Nº 1686
Visto:
Las
actuaciones contenidas en el expediente 4101-084; Letra V; Año 2013; y
Considerando:
Que
las mismas tienen su origen en la presentación oportunamente formulada ante el Municipio,
por el Sr. Sergio Varani, referente a la aprobación del proyecto de “mensura, unificación y división ” de calles,
correspondiente al inmueble identificado catastralmente con la siguiente
Nomenclatura Catastral: Circunscripción II; Sección A, Quinta 3, Parcelas 7 y
8 del partido de San Andrés de Giles;
Que
el proyecto propone una apertura de calles dentro del macizo a dividir, no
encontrándose la misma en el trazado preventivo del Código de Planeamiento y
previéndose el trazado del mismo, según se observa en el plano obrante a fs. 5
del expediente citado anteriormente.
Que,
la zona complementaria agropecuaria prevé subdivisiones de frente de 40 mts. y
superficie de 2000 m2 .
Dado el carácter Residencial de la zona, se busca favorecer una mejor división
de parcelas, con la superficie permitida con
un trazado de calles que genere macizos regulares.
Que,
la parcela al día de realizada la inspección, se encuentra edificada de acuerdo
a los planos presentados, según consta en acta nº 10274 de fecha 17 de
diciembre de 2012.
Que,
la calle propuesta deberá cumplir con el ancho reglamentario y el cedente deberá realizar las tareas
requeridas para su certificación definitiva, según proyecto aprobado por la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos, procediéndose al visado correspondiente, en el momento que
se encuentra cumplimentado este requisito, como así también la instalación del
resto de los servicios exigidos (tendido eléctrico, desagües pluviales y
amojonado)
Que
luce a fs. 1 de las presentes actuaciones, el dictamen de la Sra. Directora de
Planeamiento y Obras Particulares.
Que
asimismo, ha sido incorporado dictamen del señor Asesor Letrado de la Municipalidad.
Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el
trazado, apertura, rectificación,
construcción y conservación de
calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y, las delineaciones y niveles, en las
situaciones no comprendidas en la competencia provincial.
Por
ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de atribuciones que le son
propias, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º:
Autorízase la apertura de calle a ceder , según trazado que figura a fs.
5 del expediente nº 4101-084/13 , en virtud de lo requerido por el Sr. Sergio
Hernán Varani.
Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo,
construcción de alambrados, colocación del arbolado público correspondiente a
la zona y demás obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al
uso público, serán a exclusivo cargo y costo de los propietarios cedentes.
Asimismo la Secretaría
de Obras y Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará
su construcción hasta su finalización, siendo éste requisito previo
indispensable para proceder al visado del plano, caso contrario se visará con
las restricciones correspondientes.
Artículo 3º: Una vez
realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de
la Provincia
de Buenos Aires, libérense al uso público las calles abiertas e incorpórense
las mismas al dominio municipal .
Artículo 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo
Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el
día 19 de Junio de 2013.-
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