ORDENANZA Nº 1674
Visto:
El expediente Nº
4101-315/2013 Letra M, iniciado por el Sr. Claudio Daniel Monti; y
Considerando:
Que en el mismo,
manifiesta su interés en adquirir las parcelas de propiedad del Municipio
designadas catastralmente como Circ. I, Sección B, Manzana 183 Parcelas 2ª, 3ª,
4ª, 5ª, 6ª y 7ª y ubicadas en la intersección de la Avda. Malvinas Argentinas y
calle Docentes Gilenses, de esta ciudad , ofreciendo ceder en permuta una parcela de su propiedad, designada
catastralmente como Circunscripción II, Parcela 118 at. .
Que conforme la ley
nº 14449 de acceso justo al hábitat y al plan que lleva adelante el Municipio,
con relación al déficit habitacional de nuestro partido, se ha encarado un
programa para la construcción de una importante cantidad de viviendas, siendo
pilar fundamental de dicho programa el espacio físico necesario para llevarlo
adelante.
Que el predio
propiedad del Sr. Claudio Monti, ya identificado, cuenta con una superficie de
4 has, 41 as y 5 cas , siendo por su mayor superficie y amplitud y por su
cercanía con los barrios sociales recientemente construidos, el mas apto para
desarrollar el mentado proyecto.
Que el Sr. Monti
considera viable la presente permuta, a pesar de tener mucha menor superficie
la totalidad de las parcelas sumadas que recibiría en permuta , pues esa
diferencia cuantitativa se compensa con la mejor ubicación inmobiliaria y el
ahorro de todas las gestiones y costos de subdivisión, que debe realizar en el
predio que ofrece en permuta.
Que el inmueble
propiedad del nombrado Monti, según plano 94-12-96 contiene una restricción al
dominio que la anexa a la lindera 118-ct, impidiendo que ambas se puedan
enajenar en forma independiente. Que mediante la sanción de la ordenanza nº
1655, se ha aprobado la apertura de la calle que da salida a la parcela 118ct y
por ende, dicha restricción se encuentra en vías de extinción.
Que el trámite de
agrimensura para reflejar esta modificación ante la Dirección Provincial
de Geodesia, se encuentra a cargo del Sr. Monti, hasta su finalización, estando
a su cargo los honorarios y gastos que esta gestión demande.
Que ha sido designada una comisión evaluadora
para actuar en el expediente citado, habiendo aconsejado acceder a lo requerido
por el peticionario.
Que se encuentran
glosados en las presentes actuaciones, sendos dictámenes del Departamento
Contable y del Sr. Asesor Letrado Municipal.
Que, en virtud del
objetivo que se persigue con esta permuta, como es construir viviendas
destinadas a paliar el déficit habitacional del Partido de San Andrés de Giles,
es dable declarar de interés social la escrituración de los inmuebles objeto de
la misma.
Por ello, el H.C.D. en
uso de las atribuciones que le otorga la ley 9533 y la Ley Orgánica
Municipal sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: Desaféctase
como bien del dominio público municipal las parcelas designadas catastralmente
como: Circ. I, Sección B, Manzana 183 Parcelas 2ª, 3ª, 4ª, 5ª, 6ª y 7ª ,
inscriptas al dominio en la matrícula nº 7452 (094) y autorízase al D.E. a
permutar las mismas por el inmueble designado catastralmente como Circ. II,
Parcela 118-at, propiedad del Sr. Claudio Daniel Monti, homologando el boleto
de permuta que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º: La permuta
se hará en base a títulos perfectos, libres de todo gravamen y con todos los
impuestos, tasas y contribuciones pagos al momento de otorgarse las escrituras
traslativas de dominio, debiendo las mismas, ser simultáneas.
Artículo 3º: Declárese de interés
social la escrituración de los inmuebles mencionados en el artículo primero de
la presente ordenanza, en virtud del objetivo que persigue la realización de la
permuta, como es la construcción de viviendas a fin de menguar el déficit
habitacional en nuestro Partido.
Artículo 4º: Autorízase
al Sr. Intendente Municipal, a suscribir toda la documentación necesaria para
dar cumplimiento a la presente ordenanza.
Artículo 5º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo
Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de Mayo de 2013.-
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