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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

547/12: Informe sobre Consejo local de protección del niño.


COMUNICACIÓN Nº 547
Visto:
            Que los informes semanales dados por la Comisaría Local dan cuenta de un alto número de ilícitos en los que participan menores de edad; y

Considerando:
                        Que como dice textualmente en la introducción de la Ley 13.298 y el decreto reglamentario al que este Gobierno Municipal se ha adherido: “En el campo de la infancia y adolescencia, el cambio de las relaciones del Estado con los niños es el enfoque central de la convención sobre los Derechos del Niño. En forma complementaria a ésta el papel que le cabe a los Municipios para el logro de estas Transformaciones se encuentra expresada explícitamente, en las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil, Instrumento que, junto con la Convención deben ser entendidos como principios interpretativos de la Ley 13.298 en su artículo 10” en el que incorpora Resolución Nº 40733; Resolución Nº 45/113 y Resolución Nº 45/112;
                        Que en oportunidades anteriores le hemos hecho saber al señor Intendente nuestra preocupación por la no conformación del Consejo Local de Promoción y Protección de los derechos del niño y adolescente que tiene como misión la elaboración de Planes de acción para ser realidad la integración de los niños y adolescentes en sus familias, en las escuelas y en sus barrios; teniendo la facultad de realizar diagnósticos de la situación, de la oferta de servicios y prestaciones así como de los obstáculos para acceder a los mismos a nivel  territorial, pudiendo monitorear el cumplimiento del plan, acompañar y promover las acciones, asesorar al Departamento Ejecutivo y Legislativo Municipal, proponiendo la sanción de normas que contribuyan en este sentido y colaborar en el funcionamiento de los Servicios Locales de Protección de Derechos;

Por ello, en uso de sus atribuciones, el H.C.D. aprueba la siguiente:

COMUNICACIÓN

Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo, informe a este Honorable Concejo Deliberante si se ha formado en nuestro distrito según lo indica la adhesión que firmara a la Ley 13.298 sus decretos reglamentarios y modificatorias el Consejo Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño y Adolescente.

Artículo 2º: Pedimos nos informe quiénes son sus integrantes tanto de organismos oficiales, de organismos no gubernamentales y representantes de Colegios profesionales.

Artículo 3º: De no haberse constituido nos explique por qué se ve privada nuestra comunidad de una herramienta fundamental para tratar la problemática descripta en el visto de esta Comunicación.

Artículo 4º: De forma.


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 26 de Septiembre de 2012.-

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