COMUNICACIÓN Nº 547
Visto:
Que los informes semanales dados por
la Comisaría Local
dan cuenta de un alto número de ilícitos en los que participan menores de edad;
y
Considerando:
Que como dice textualmente
en la introducción de la Ley
13.298 y el decreto reglamentario al que este Gobierno Municipal se ha
adherido: “En el campo de la infancia y adolescencia, el cambio de las
relaciones del Estado con los niños es el enfoque central de la convención sobre
los Derechos del Niño. En forma complementaria a ésta el papel que le cabe a
los Municipios para el logro de estas Transformaciones se encuentra expresada
explícitamente, en las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil ,
Instrumento que, junto con la
Convención deben ser entendidos como principios
interpretativos de la Ley
13.298 en su artículo 10”
en el que incorpora Resolución Nº 40733; Resolución Nº 45/113 y Resolución Nº
45/112;
Que en oportunidades
anteriores le hemos hecho saber al señor Intendente nuestra preocupación por la
no conformación del Consejo Local de Promoción y Protección de los derechos del
niño y adolescente que tiene como misión la elaboración de Planes de acción
para ser realidad la integración de los niños y adolescentes en sus familias,
en las escuelas y en sus barrios; teniendo la facultad de realizar diagnósticos
de la situación, de la oferta de servicios y prestaciones así como de los
obstáculos para acceder a los mismos a nivel
territorial, pudiendo monitorear el cumplimiento del plan, acompañar y
promover las acciones, asesorar al Departamento Ejecutivo y Legislativo
Municipal, proponiendo la sanción de normas que contribuyan en este sentido y
colaborar en el funcionamiento de los Servicios Locales de Protección de
Derechos;
Por ello, en uso
de sus atribuciones, el H.C.D. aprueba la siguiente:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo, informe
a este Honorable Concejo Deliberante si se ha formado en nuestro distrito según
lo indica la adhesión que firmara a la
Ley 13.298 sus decretos reglamentarios y modificatorias el
Consejo Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño y Adolescente.
Artículo 2º: Pedimos nos informe quiénes son sus
integrantes tanto de organismos oficiales, de organismos no gubernamentales y
representantes de Colegios profesionales.
Artículo 3º: De no haberse constituido nos explique por
qué se ve privada nuestra comunidad de una herramienta fundamental para tratar
la problemática descripta en el visto de esta Comunicación.
Artículo 4º: De forma.
Dada en la
Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San
Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 26 de Septiembre de
2012.-
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