RESOLUCIÓN Nº 284
Visto:
La creación del programa de Crédito Argentino del
Bicentenario para vivienda única familiar “Pro.Cre.Ar. Bicentenario”; y
Considerando:
Que el Estado argentino al generar
este programa a de créditos del Bicentenario para la primera vivienda, apuesta
a seguir consolidando un modelo de crecimiento y de inclusión social;
Que el Pro.Cre.Ar está pensado
para impulsar la actividad en un momento de desaceleración económica, generar
empelo y ofrecer una solución a los problemas habitacionales de las familias de
ingresos bajos y medios;
Que el programa ofrece líneas de
créditos con tasas y cuotas flexibles y capaces de ajustarse a la realidad de
cada uno, para la construcción de viviendas a quienes aún no son propietarios;
Que la puesta en marcha tendrá una enorme
relevancia en el plano económico, ya que contribuirá a la creación de empleo y
al fortalecimiento del mercado interno en plena crisis recesiva internacional;
Que la implementación implica un
esfuerzo compartido entre el Estado, las empresas y los beneficiarios;
Que es fundamental el
acompañamiento activo del estado municipal en la implementación de esta
política pública orientada a dar una respuesta correcta a la necesidad y al
derecho que tienen muchos de nuestros convecinos de acceder a una vivienda
propia;
Por ello el Honorable Concejo
Deliberante, en uso de atribuciones de le son propias, sanciona las siguiente:
RESOLUCIÓN
Articulo 1: Adherir al programa de viviendas
(Pro.Cre.Ar) establecido mediante Decreto 902/2012 emanado del Gobierno
Nacional.
Artículo 2:
Solicitar al D.E. realice los relevamientos y trámites correspondientes para la
cesión de lotes que se encuadren en el marco normativo del programa Pro.Cre.Ar.
para su implementación, considerando tierras de distintos organismos del estado
y terrenos propiedad del municipio.
Artículo 3: Ofrecer a todos los organismos intervinientes
en la operatoria del programa Pro.Cre.Ar. la mayor colaboración posible a losa
fines de lograr los objetivos del mismo en el ámbito de nuestro partido.
Artículo 4: De forma.-
Dada en la Sala
de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión
Ordinaria celebrada el día 25 de Julio de 2012.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario