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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1602/12 Renovación de la Casa Estudiante.


ORDENANZA Nº 1602

Visto:
El Expediente Nº 4101-0160/12, por el cual se  tramita la renovación del arrendamiento de un inmueble propiedad del Sr. Julio César Frutos, ubicado en la ciudad de La Plata, que tiene por objeto mantener en funcionamiento de  la “Casa del Estudiante” en la ciudad mencionada;  y

Considerando:
Que, el funcionamiento de la Casa del Estudiante en la ciudad de La Plata, conlleva beneficios para los jóvenes de San Andrés de Giles que, cumpliendo los requisitos exigidos por el Municipio, acceden a la posibilidad de alojarse en la misma.

Que en la actualidad, varios estudiantes de San Andrés de Giles se encuentran viviendo en el inmueble, cursando diversas carreras en establecimientos educacionales de la ciudad de La Plata.

Que el mentado contrato debe contar con  la correspondiente autorización del Honorable Concejo Deliberante, en virtud de que el gasto que exceda un ejercicio, debe contar con la convalidación del Departamento Deliberativo según lo establece el Artículo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que, anteriormente, han sido suscriptos contratos con el mismo propietario, siendo convalidado el primero mediante Ordenanza Nº  912/04 , el segundo por Ordenanza Nº  1109/06 , el tercero mediante ordenanza nº 1288/08 y el cuarto por ordenanza nº 1463/10.

Que, resulta conveniente renovar el arrendamiento, teniendo en cuenta la cantidad de jóvenes que residen en la unidad habitacional y que, de no contar con esta alternativa, verían coartada su posibilidad de realizar estudios superiores;

Que el presupuesto de gastos vigente no cuenta con crédito presupuestario suficiente para el pago de los alquileres hasta el fin de presente ejercicio, debido al aumento del costo de la de citada locación;

Que, en función del Inciso 1º del Artículo 120 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, se cuenta con la posibilidad de que el Departamento Deliberativo autorice, mediante Ordenanza, el incremento del Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos vigente, creando y/o ampliando partidas, utilizando para ese fin Superávit existente en la cuenta Resultado de Ejercicios anteriores;

Que el expediente de referencia cuenta con los dictámenes pertinentes del Sr. Contador Municipal  y el Asesor Letrado de la Comuna;

Que, por lo precedentemente expuesto, este Honorable Cuerpo estima conveniente dar curso favorable a la tramitación de referencia, por lo que deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Autorízase al Sr. Intendente Municipal, a suscribir  el contrato de locación suscripto con fecha 01 de marzo de 2012, entre la Municipalidad de San Andrés de Giles  y el Sr. Julio César Frutos en su carácter de propietario del inmueble sito en calle 5 Nº 1346, entre 59 y 60, La Plata, que será destinado a vivienda de estudiantes de San Andrés de Giles que cursen carreras terciarias y/o universitarias en esa ciudad y cuya situación educativa y/o socio económica amerite tal circunstancia y que, como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo deberá contratar una póliza de seguros que contemple los eventuales siniestros que puedan afectar la propiedad locada, como así también los bienes muebles que la integran

Artículo 3º: El funcionamiento, las reglas de convivencia, las condiciones de admisibilidad y permanencia , deberán ajustarse al reglamento de la Casa del Estudiante aprobado oportunamente mediante Ordenanza municipal Nº 937/04.

Artículo 4º: Autorízase al  Departamento Ejecutivo, a afectar fondos que excedan el presente ejercicio, debiendo formular anualmente las pertinentes reservas de crédito.

Artículo 5º:  Amplíase el Presupuesto de Gastos vigente, incrementando las siguientes partidas por el monto que a continuación se detalla:

Fuente de financiamiento: 110 – Tesoro Municipal
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110103000: Secretaría de Cultura, Educación, Ecología y Medio Ambiente
Categoría Programática 01: Diseño y coordinación de políticas culturales, educativas y medio ambientales
Inciso 3: Servicios no personales
P. Principal 2: Alquileres y derechos
P. Parcial 1: Alquiler de edificios y locales …………..…..…………...… $ 15.000,00

Fuente de financiamiento: 110 – Tesoro Municipal
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110103000: Secretaría de Cultura, Educación, Ecología y Medio Ambiente
Categoría Programática 01: Diseño y coordinación de políticas culturales, educativas y medio ambientales
Inciso           3: Servicios no personales
P. Principal  8: Impuestos, derechos y tasas
P. Parcial     9 : Otros …………………………………………………$     100
P.Principal   9: Otros servicios
P. Parcial     9: Otros…………………………………………………..$   3.600

Artículo 6º: Tómese de la cuenta Resultado de Ejercicios anteriores la suma de pesos dieciocho  mil   setecientos ($ 18.700) para financiar lo establecido en el Artículo anterior, incrementando el Cálculo de Recursos ampliando la siguiente partida:

Fuente de financiamiento: 110 – Tesoro Municipal
Jurisdicción        1110100000:       Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción  1110101000:       Conducción superior
RUBRO
Tipo:                  3500000:            Disminución de otros activos financieros
Clase:                 3510000:           De disponibilidades
Concepto:          3510100:           De caja y bancos
Subconcepto       3510101:          De libre disponibilidad………$ 18.700,00

Artículo 7º: De forma.


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2012.- 

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