BIENVENIDOS

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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

75/97: Incremento de las tarifas eléctricas.

COMUNICACION NRO. 75

VISTO:

El notable incremento que han experimentado las tarifas eléctricas residenciales desde la fecha que la empresa Eden S. A. se hizo cargo de la anterior Eseba; y,

CONSIDERANDO:

Que dichos aumentos estan aplicados so-bre los consumos mínimos.

Que las conexiones domicialiarias también han sufrido un incremento considerable. Que estos aumentos golpean a las clases mas necesitadas de la sociedad.

Que bajo ningún punto de vista se jus-tifican en un período de estabilidad como el que atraviesa nuestro país.

Que desde la puesta en vigencia del Plan de Convertibilidad los sueldos y las jubilaciones se mantienen inalterables.

Por ello, el H.C.D. aprueba la siguiente:

COMUNICACION

ARTICULO 1: El Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles se dirige al Sr. Ministro de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires, Hugo David Toledo, a los efectos de solicitarle se sirva tener a bien disponer que la Empresa Eléctrica EDEN S.A. retrotraiga los importes de los consumos mínimos de las tarifas residenciales y los percibidos por los derechos de conexión domiciliaria, a los valores existentes antes de la privatización de la Ex-ESEBA.

ARTICULO 2: Enviése copia de esta Comunicación al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Eduardo Duhalde y a todos los H.C.D. de la Provincia, solicitando su adhesión.

ARTICULO 3: De forma.

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