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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

72/97: La demarcación de una senda peatonal.

COMUNICACION Nº 72

VISTO:

La nota presentada a este H.C.D. por la comunidad del Jardín de Infantes Nro. 913 y Escuela Nro. 16, ubicadas en el Km. 100 de la Ruta Provincial Nro. 41, perteneciente al Distrito San Andrés de Giles; y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo expresado los niños que se trasladan en colectivo a dichos establecimientos bajan en la ruta, existiendo en el lugar una pronunciada curva que dificulta la visibilidad al cruzar.

Que al no existir ningún tipo de seña-lización constituye un serio peligro que pone en riesgo la vi-da de los alumnos.

Que la señalización que solicitan ad-virtiendo la presencia de escuelas es de competencia del go-bierno de la Provincia de Bs. As. por tratarse de una ruta provincial.

Por ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:

COMUNICACION

ARTICULO 1: Dirigirse al Señor Administrador de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, Cr. Pedro Avelino Mantjaras a los efectos de solicitarle encomiende a quien corresponda la colocación de señales indicatorias de la presencia de un es-tablecimiento escolar, la disminución de la velocidad correspondiente, y la demarcación de una senda peatonal en el Km. 100 de la Ruta Provincial Nro. 41 en intersección del partido de San Andrés de Giles.

ARTICULO 2: Elevar copia al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires Dr. Eduardo Duhalde y a la comunidad educativa del Jardín de Infantes 913 y de la Escuela Nro. 16.-

ARTICULO 3: De forma.

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