ORDENANZA Nº 11/84
ARTICULO 1: Crease el cargo de Director de Salud y Bienestar Social de la Municipal de San Andrés de Giles.
ARTICULO 2: Dicha Dirección será ejercida por un profesional medico.
ARTICULO 3: De la misma dependerá la Salud Publica y Bienestar Social de la población del partido de San Andrés de Giles.
ARTICULO 4: Las remuneraciones de dicho funcionario se imputaran a la partida: 2.1.1.1.2 (Personal Jerárquico).
ARTICULO 5: De forma.
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