ORDENANZA Nº 85/85
ARTICULO 1: Cédase al Ministerio de Obras y servicios públicos de la provincia de Buenos Aires para la conservación de cinco (5) unidades habitacionales del Plan de viviendas para centros de servicios rurales, los terrenos cuya nomenclaturas catastral es: Circ. XIII, Secc. A, Manzana 17, Pcs. 1, 2, 3, 4 y 5, que miden los cuatro primeros 11 m. de frente por 22 de fondo cada uno, encerrando una superficie de 242 m2., el lote 5 mide 11 m. de frente por 44 de fondo, encerrando una superficie de 484 m2.
ARTICULO 2: Autorizase al Sr. Intendente Municipal a suscribir toda la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: De forma.
No hay comentarios:
Publicar un comentario