ORDENANZA Nº 49/85
ARTICULO 1: Autorizase el D.E. para retirar de la vía publica todos los rodados y/o chatarras cuyo propietario se desconozca y/o aquellos que reconociéndose dueños y notificado el mismo no la retiro en el plazo que al efecto fijo el D.E.
ARTICULO 2: Los bienes que se retiren de la vía publica serán depositados en el corralón municipal, no haciéndose responsable la municipalidad de los daños que pudieran producirse a los mismos.
ARTICULO 3: Por el servicio de traslado se cobrara la suma de $a 5.000 la cual será actualizada mensualmente según índice de precios al consumidor en Capital Federal proporcionado por el I.N.D.E.C., y teniendo como base el mes de mayo de 1985.-
ARTICULO 4: Los vehículos y/o chatarras depositados en el Corralón Municipal, abonara por día la suma de $a 400, la cual se actualiza mensualmente conforme lo dispuesto en el articulo anterior, hasta tanto se resuelva su destino definitivo.
ARTICULO 5: Los propietarios y/o responsables no podrán retirar del corralón municipal objeto alguno sin la constancia que acredite su propiedad y sin previo pago de los servicios de traslado y deposito y las multas que correspondiera en su caso.
ARTICULO 6: De forma.
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