ORDENANZA Nº 6/87
ARTICULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adquirir en la planta urbana de la localidad de Cucullú una fracción de de terreno a desmembrar del bien de nomenclatura catastral: Circ. IX, Secc. B, Mz. 1, Pc. 1a, de acuerdo al ante proyecto de mesura y subdivisión confeccionado al efecto, con las siguientes medidas, linderos y superficie: Línea AB 72,04 m. al NE. Calle existente en medio de la parcela 928; Línea BC. 5,31 m. formando ochava; Línea CD. 45,50 m. al SE. Calle en medio con fracción I, Línea DE. 30,00 m. al SO. Con mas terreno de la parcela 1a, Línea EF al NO. 19,50 m. con mas terreno de la misma parcela; Línea FG al SO. 44,50 m. con mas terreno de la misma parcela; Línea GA al NO. 30,00 m. con parcela 10a, 11a y 12a de la misma manzana, con una superficie de 2.301,10 m2., o lo que resulte de plano.
Dicha operación se efectuara al precio de un austral por metro cuadrado (A 1,00 /m2.).-
ARTICULO 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo a ceder al Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires la fracción enunciada en el articulo anterior, con destino a la construcción de viviendas para Centros de Servicios Rurales.
ARTICULO 3: Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar y realizar todos los actos administrativos que en cumplimiento de la presente, correspondan.
ARTICULO 4: Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente se imputara a la Partida del Presupuesto: Finalidad 1, Sección 2, Sector 5, Int. 1 Partida principal 5, Inmuebles.
ARTICULO 5: De forma.
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