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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1459/10: Apertura de calles a ceder.

ORDENANZA Nº 1459

Visto:

Las actuaciones contenidas en el expediente 4101-0226-Y-/10, y;

Considerando:

Que las mismas tienen su origen en la presentación del Agrimensor Jorge Dillon, referente a la factibilidad de subdivisión según el proyecto de mensura, división y cesión de calles sobre la parcela identificada con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección D, Quinta 6, Parcela 3ª, del área complementaria del partido de San Andrés de Giles; propiedad de la señora Stella Maris Yacoy;

Que el peticionante orienta su solicitud a la perspectiva de obtener cincuenta y dos parcelas para lo cual se requiere necesariamente la apertura de calles, para que todas ellas tengan frentes a las mismas;

Que la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares del Municipio ha emitido su dictamen;

Que para generar la subdivisión solicitada, se requiere de la apertura de las calles que se plantean en el proyecto de subdivisión obrante a fs. 4 del expediente citado;

Que corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y, las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial;

Por ello en uso de las atribuciones que le son propias, este Honorable Concejo Deliberante, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase la apertura de las calles a ceder, según el trazado que figura en el croquis que como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo, desplazamiento de alambrado y demás obras que demande la apertura de las calles y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo y costo del propietario cedente. Asimismo la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, supervisará dichas obras hasta su finalización, siendo éste requisito indispensable para la emisión de certificados de deudas de las parcelas generadas por dicho proyecto.

Artículo 3º: Una vez realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, libérese al uso público las calles abiertas e incorpórense las mismas al dominio municipal.

Artículo 4º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 09 de junio de 2010.-

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