DECRETO Nº 254
Visto:
El informe elevado a la Presidencia de este Honorable Concejo Deliberante por el señor Director del Hospital Municipal San Andrés, Dr. Daniel Damasauskas, y
Considerando:
Que en el mismo informa que el señor Intendente Municipal, Dr. Luis Alberto Ghione, se encuentra internado en el Hospital con diagnóstico de politraumatismo, traumatismo craneoencefálico moderado, traumatismo facial severo y fractura expuesta del brazo;
Que por ello estima necesaria una licencia para el restablecimiento pleno de sus facultades;
Que por el mismo se infiere que el señor Intendente se encuentra temporariamente incapacitado para ejercer la titularidad del Departamento Ejecutivo.
Que corresponde proveer lo concerniente al reemplazo del mismo mientras permanezca la licencia, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 87, 15 y cc. de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6769/58 y modificatorias), como así también lo relacionado al reemplazo del Sr. Concejal en este H.C.D. que deba desempeñar las funciones correspondientes al Sr. Intendente Municipal, mientras permanezca de licencia.-
Por ello y en uso las atribuciones que le son propias, este H.C.D. sanciona el siguiente:
D E C R E T 0
Artículo 1º: Dispònese licencia con goce de haberes en el ejercicio de su función al Sr. Intendente Municipal, Dr. Luis Alberto Ghione, a partir del día de la fecha y hasta que obtenga el correspondiente alta médica que lo habilite para el cumplimiento de su función.
Artículo 2º: Desígnase en su reemplazo a la señora Concejal Lidia Teresa Gallo, titular del L.C. Nº 5.933.360, en carácter de Intendente Interino, con las atribuciones y deberes que las normas en vigencia establecen, y mientras permanezca en uso de licencia el titular del Departamento Ejecutivo.
Artículo 3º: Autorízase a la Presidencia del Cuerpo, a proveer lo necesario a efectos de la incorporación a este H.C.D., del Sr. Concejal Suplente que reemplazará a la señora Concejal titular Lidia Teresa Gallo, quien se hará cargo del Departamento Ejecutivo.
Artículo 4º: De forma.
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