DECRETO Nº 246
Visto:
Lo dispuesto por el artículo 68, inc. 2 de Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades); y:
Considerando:
Que la referida norma establece que el Cuerpo abrirá sus Sesiones Ordinarias el 1º de abril de cada año y las cerrará el 30 de noviembre.-
Que por otra parte, el inciso 3 del artículo de referencia, prevé la posibilidad de que el Cuerpo, por propia iniciativa, pueda prorrogar las Sesiones Ordinarias.
Que es intención de este Honorable Cuerpo, extender el período ordinario de Sesiones.
Por ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
D E C R E T O
Artículo 1º: Prorrógase el período ordinario de Sesiones de este H.C.D. hasta el día 24 de diciembre de 2004.-
Artículo 2º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Artículo 3º: De forma.-
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