DECRETO Nº 235
Visto:
La nota presentada por la Sociedad de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles, mediante la cual solicita autorización para la realización de los Corsos Oficiales de Carnaval del año 2.005 en un tramo de la Avenida Lucas Scully,
La Ordenanza Nº 944/04 que delega en el Departamento Ejecutivo Municipal la facultad de autorizar el cierre de calles y;
Considerando:
Que, vencido el plazo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 501/99, la Sociedad de Bomberos Voluntarios es la única entidad de bien público local que solicitó autorización para organizar los Corsos Oficiales de Carnaval correspondientes al año próximo;
Que las últimas ediciones de los Corsos de Carnaval organizados por la Sociedad de Bomberos Voluntarios se desarrollaron con notable éxito, habiendo obtenido dicho evento concurrencia multitudinaria y reconocimiento más allá del ámbito local;
Que, por lo expuesto, este Honorable Concejo Deliberante estima conveniente dar curso favorable al requerimiento, deseando además adherir a tan significativo acontecimiento popular y destacar la labor desarrollada desde el año 2.000 por la Sociedad de Bomberos Voluntarios en la organización del mismo;
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente
D E C R E T O
Artículo 1º: Autorízase a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles a realizar los Corsos Oficiales de Carnaval del año 2.005 durante los días 5, 6, 12, 13, 19 y 20 de febrero de 2.005. Dispónense como fechas alternativas, en caso de suspensión, los días 26 y 27 de febrero del mismo año.
Artículo 2º: Autorízase a la entidad organizadora a vender alimentos, bebidas y artículos de cotillón, en un todo de acuerdo a las normas legales vigentes, y a cobrar entrada a las personas mayores de doce (12) años que concurran al señalado evento.
Artículo 3º: La institución organizadora deberá solicitar la correspondiente autorización para el cierre de calles ante el Departamento Ejecutivo, conforme a lo establecido en la Ordenanza 944/04.-
Artículo 4º: Comuníquese a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles y al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Artículo 5º: De forma.-
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