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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

223/04: centésimo quincuagésimo aniversario de la fundación de la Escuela Nº 1 “José Manuel Estrada”,

DECRETO Nº 223


Visto:

El centésimo quincuagésimo aniversario de la fundación de la Escuela de Educación General Básica Nº 1 “José Manuel Estrada”,

Considerando:

Que el hecho de referencia reviste gran trascendencia para la Comunidad Educativa de nuestro Distrito;

Que la E.G.B. Nº 1 es el primer establecimiento educativo oficial de San Andrés de Giles, por la que han desfilado miles de alumnos desde su creación hasta la fecha;

Que se llevarán a cabo diversos actos en conmemoración del señalado aniversario;

Que este Honorable Cuerpo estima conveniente reconocer la ardua labor desarrollada durante todo el tiempo de funcionamiento de la E.G.B. Nº 1 por los docentes, el personal auxiliar, los integrantes de la Asociación Cooperadora, además de padres y vecinos, para brindar a los alumnos verdaderas posibilidades de crecimiento desde lo afectivo y lo técnico-pedagógico;

Por ello el H.C.D., en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente:

D E C R E T O

Artículo 1º: Decláranse de Interés Municipal todos los actos conmemorativos del centésimo quincuagésimo aniversario de la fundación de la Escuela de Educación General Básica Nº 1 “José Manuel Estrada” de San Andrés de Giles.

Artículo 2º: Comuníquese a las autoridades del Establecimiento Educativo, al Consejo Escolar y a la Secretaría de Inspección.

Artículo 3º: De forma.

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