ORDENANZA Nº 1025
Visto:
El expediente nro. 4101-1084/05, iniciado a raíz de una presentación realizada por el Ing. Forestal José Luis Ponti, y
Considerando:
Que a través de la misma, informa sobre la situación del arbolado de uno de los espacios verdes más notables de nuestra ciudad, la Plaza San Martín.
Que, en las veredas del citado espacio verde, vegetan 88 plátanos con diferentes grados de cancrosis o pudriciones internas. .
Que en la actualidad, existe una colección de formas mutiladas, desorganizadas en sus estructuras por los repetidos cortes drásticos que han sufrido.
Que, varios de estos árboles se han vuelto peligrosos como consecuencia de las podas radicales que afectaron a la seguridad por la presencia de tocones muertos y el crecimiento de ramas nuevas vigorosas. Las uniones de éstas están debilitadas por la pudrición interna de su soporte. Se observan también importantes ataque de hongos Xilófagos y de hojas afectándolos.
Que, estos individuos, presentan formas mutuladas y desorganizadas. El sitio presenta muy fuerte grado de interferencia, con alta circulación peatonal y tráfico automovilista, con suelos modificados ,fauna y flora exótica al lugar.
Que resulta necesario que estas plantas brinden un buen sombreado, garantizando la seguridad de los usuarios. La presencia de zonas basales ahuecadas sobre la que se desarrollan ramas de importante tamaños, compromete la estabilidad estructural de muchos individuos.
Que, según opinión del Ing. Forestal Ponti, convendría realizar una poda de bajada de copa en aquellos individuos que presenten aceptable estado sanitario y estructural, para disminuir el peso de las zonas dañadas. También plantear directamente el reemplazo de los que no cumplan satisfactoriamente con las condiciones.
Que, se considera, que del total de 88 plátanos, 17 ejemplares como máximo deberían recambiarse este año. En los próximos tiempos, se deberá evaluar la evolución del resto de la masa hasta alcanzar un estado satisfactorio, pudiendo aparecer la necesidad de extracción de nuevos ejemplares según sea cumplido el inexorable ciclo vital, dejando los individuos actuales que demuestren adaptarse bien a las funciones pretendidas.
Que es facultad de este H.C.D. autorizar la poda y extracción de árboles de la vía pública, cuando circunstancias debidamente fundadas lo determinen, procediendo a reponer las mismas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de la Ordenanza 38/90.
Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º:Autorizase, en la San Martín de nuestra localidad, la poda de bajada de copa en los Plátanus x acerifolia que presenten aceptable estado sanitario y estructural, para disminuir el peso de las zonas dañadas, como así también el reemplazos de los que no cumplan satisfactoriamente con las condiciones pretendidas. Los ejemplares extraídos, deberán ser reemplazados por individuos que demuestren una buena adaptación al lugar.
Artículo 2º:La poda y extracción, deberá efectuarse bajo la supervisación de los responsables técnicos del área de Ecología dependiente de la Secretaría de Cultura, Educación, Ecología y Medio Ambiente del Municipio.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día veinte de julio de dos mil cinco.
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