ORDENANZA Nº 868
Visto:
El Expediente Nº 4101-0291-D/03, en virtud del cuál el Dr. Ricardo Enrique Cozzani, ofrece instalar un mamógrafo en el Hospital Municipal "San Andrés", y;
Considerando:
Que el profesional médico oferente cuenta con excelentes antecedentes profesionales;
Que la prestación en cuestión, redundará en una mejora de los servicios de salud, no sólo para toda la comunidad de este Partido, sino también para la de su zona de influencia;
Que mediante sendos dictámenes han manifestado su opinión favorable el Sr. Director del Hospital Municipal, el Sr. Director de Salud y el Sr. Contador Municipal;
Que se verán especialmente beneficiadas las pacientes de escasos recursos, además de las que cuenten con posibilidades económicas o cobertura social, puesto que se realizarán estudios sin cargo a quiénes no puedan costearlos con sus propios medios;
Que la Municipalidad percibirá una retribución económica en concepto de canon;
Que, por lo precedentemente expuesto, se evidencia que mediante la oferta de referencia se mejorarán los servicios de salud en nuestra ciudad y se generarán nuevos ingresos en favor de la Comuna, por lo que este Honorable Cuerpo estima conveniente dar curso favorable al desarrollo de la prestación señalada a través del dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al Sr. Intendente Municipal a suscribir con el Dr. Ricardo Enrique Alberto Cozzani, el convenio que como Anexo I forma parte integrante de la presente y que tiene por objeto la realización de estudios mamográficos en el Hospital Municipal “San Andrés”.
Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones edilicias de la sección del Hospital Municipal "San Andrés", donde se desarrollará la prestación del citado servicio de mamografía.
Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar toda la documentación que resulte necesaria a efectos de implementar la presente Ordenanza.
Artículo 4º: Amplíanse las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos vigente, de acuerdo al siguiente detalle:
CAPITULO II - DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
FINALIDAD 2 - SALUD PUBLICA
PROGRAMA 1 - HOSPITAL
SECCION 2 - EROGACIONES DE CAPITAL
SECTOR 5 - INVERSION FISICA
INCISO 2 - TRABAJOS PUBLICOS
P.P. 3 - Moblajes , artefactos y accesorios de tapicería……… $ 7.000,00
P.P. 18- Obras en Hospital y Salas de 1ros. Auxilios………... $ 15.000,00.
Artículo 5º: Los créditos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, será tomado de la siguiente partida:
FINALIDAD 3 - SERVICIOS ESPECIALES URBANOS.
PROGRAMA 1 - SERVICIO EJIDO URBANO
SECCION 2 - EROGACIONES DE CAPITAL
SECTOR 5 - INVERSION FISICA
INCISO 2 - TRABAJOS PUBLICOS
P.P. 10 - Pavimentación y Mejorado de calles de
San Andrés de Giles……………………………………..............$ 22.000,00.
Artículo 6º: De forma.
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