ORDENANZA Nº 792
Visto:
El expediente Nº 4101-0333-C/02 originado por el Sr. Rodolfo Gómez, Coordinador General del Club del Trueque “San Andrés”, por el cual solicita la extensión del espacio del predio cedido oportunamente en comodato, y;
Considerando:
Que en dicho expediente obra dictamen favorable del Secretario General de la Municipalidad, con respecto a la petición de referencia;
Que este Honorable Cuerpo no encuentra objeciones para acceder a lo solicitado;
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Cédase en comodato, por el término de un (1) año renovable, al Club del Trueque “San Andrés”, representado por su Coordinador General Sr. Rodolfo Gómez DNI Nº 17.291.454, un predio ubicado sobre calle Moreno cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circ. I, Secc. A, Mz. 39, Parcela 6.-
Artículo 2º: Dispónese que el predio cedido mediante la presente sólo podrá ser utilizado con el objeto de obtener productos de granja para ser canjeados en el Club del Trueque “San Andrés” y que si el uso del mismo fuera desvirtuado se procederá a la inmediata cancelación del comodato.-
Artículo 3º: Establésese que el predio cedido mediante la presente deberá ser restituido cuando la Municipalidad lo requiera formalmente con la debida antelación.-
Artículo 4º: Abrógase la Ordenanza Municipal Nº 739.-
Artículo 5º: De forma.-
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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