ORDENANZA Nº 789
VISTO:
La solicitud del Departamento Ejecutivo en el cual eleva a consideración de este cuerpo la necesidad de efectuar refuerzos en créditos de distintas partidas del presupuesto de gastos en vigencia y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica Municipal faculta al Honorable Concejo Deliberante a la sanción de una Ordenanza autorizando a incrementar el Cálculo de Recursos y el presupuesto de Gastos creando y/o ampliando partidas utilizando para ese fin las mayores participaciones de la provincia o de la nación comunicadas y no consideradas en el Cálculo de Recursos vigente y que correspondan al ejercicio.
Que el Departamento Ejecutivo durante el presente ejercicio ha tomado conocimiento de un aporte no reintegrable y de libre disponibilidad, en virtud del resumen recibido de la Caja de Valores donde se informa de la acreditación de Bocanoba 74.626, en concordancia a lo determinado por el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires mediante Resolución Nro. 363/2001; además la Tesorería General de la Provincia ha comunicado de un interdepósito de $ 6.268,58 en concepto de intereses de Bocanoba y debido a que dichos montos no han sido contemplados en el proyecto del cálculo de Recursos elaborado en su oportunidad, corresponde incrementar el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2002 .
Que este Departamento Deliberativo, mediante la Ordenanza Nro. 685/01 promulgada por Decreto Nro. 693/01 ha autorizado al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio con el Ministerio de la Provincia de Buenos Aires en el marco de la Ley Nro. 12.727, autorizando a recibir Patacones y/o Bonos de Cancelación de Obligaciones, creados por dicha ley, por distintos conceptos a ser transferidos por la Provincia al Municipio.
Que el H.T.C. mediante Nota 1945 procedió ha transcribir la Resolución Nº 004/2001 al ser necesario establecer criterios respecto al empleo en el circuito Financiero de las Comunas de los Bonos de Cancelación de Obligaciones creados por la Ley 12.727, haciendo extensivo lo dispuesto por la Resolución 2/2001 del HTC y los procedimientos a tener en cuenta para registrar las operaciones que se practiquen y los intereses ganados por la tenencia de los mismos, siendo necesario efectuar las registraciones contables correspondientes.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Increméntase el Cálculo de Recursos vigente, creando y/o ampliando las siguientes cuentas por los montos que a continuación se detallan:
SECCIÓN 1 - INGRESOS CORRIENTES
SECTOR 2 - DE OTRAS JURISDICCIONES
RUBRO 3 - OTROS INGRESOS
Sub-Rubro 5 – Aportes no Reintegrables Bocanoba................................................ $ 74.626,00
Sub-Rubro 6- Intereses - Bocanoba .......................................................................... $ 6.268,58
Sub-Rubro 7 – Diferencia Cotización Bocanoba...................................................... $ 100,00
Artículo 2º: Increméntase el Presupuesto de Gastos vigente, creando y/o ampliando las siguientes partidas por los montos que a continuación se detallan:
CAPITULO II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO
FINALIDAD 1 – ADMINISTRACIÓN CENTRAL
PROGRAMA 1 – ADMINISTRACIÓN
SECCIÓN 1 – EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR 1 – FUNCIONAMIENTO
INCISO 2 – BIENES Y SERVICIOS
P.Pal. 14 – Gastos Generales
P.Pcial. 8 – Diferencia de cotización Bocanoba.........................................................$ 894,58
FINALIDAD 2 – SALUD PUBLICA
PROGRAMA 1 – HOSPITAL
SECCIÓN 2 – EROGACIONES DE CAPITAL
SECTOR 5 – INVERSIÓN FÍSICA
INCISO 1 – BIENES
P.Pal. 7 – Adquisición Ecógrafo y Mamógrafo.....................................................$ 30.000,00
FINALIDAD 3 - SERVICIOS ESPECIALES URBANOS
PROGRAMA 3 – SERVICIOS SANITARIOS
SECCIÓN 2 – EROGACIONES DE CAPITAL
SECTOR 5 – INVERSIÓN FÍSICA
INCISO 2 –TRABAJOS PÚBLICOS
P.Pal 6 – Ampliación Red de Aguas Corrientes.....................................................$ 10.000,00
P.Pal. 34 – Ampliación de Red de Aguas Corrientes Barrio Obrero (Sector comprendido entre las calles Lavalle, Pichetto, Chacabuco y Colectora)....................................$ 10.000,00
FINALIDAD 5 – BIENESTAR SOCIAL
PROGRAMA 4 – BIENESTAR SOCIAL
SECCIÓN 1 – EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR 3 – TRANSFERENCIAS CORRIENTES
INCISO 1 – SUBSIDIOS A ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO O PRIVADO
P.Pal. 17 – Subsidio C.E.T.A.S.A. para reparación acceso Azcuenaga.................$ 19.500,00
P.Pal. 18 – Subsidio C.C.E.S.A. para reparación acceso Villa Ruiz......................$ 3.500,00
P.Pal. 19 – Subsidio C.E.O.P.C para reparación acceso Cucullu...........................$ 7.000,00
Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a introducir las modificaciones presupuestarias necesarias para atender las fluctuaciones que se produzcan por la cotización de los Bonos de cancelación de Obligaciones Provincia de Buenos Aires (Bocanoba) en el presente ejercicio.
Artículo 4º: De forma.
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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