ORDENANZA Nº 742
Visto:
Las obligaciones que tiene a su cargo la Empresa Nuevas Rutas S.A., con respecto al mantenimiento e iluminación del corredor vial de la Ruta Nacional Nº 7, en el marco del contrato de concesión de obra pública con el Estado Nacional que fuera aprobado mediante el Decreto 2039/90, y;
Considerando:
Que, en jurisdicción de San Andrés de Giles, algunos tramos de las colectoras del corredor vial de la Ruta Nacional N° 7 coinciden con la traza de calles o vías de circulación municipales preexistentes, debiendo dejarse formal constancia de que la Empresa Nuevas Rutas S.A. se hará cargo de la conservación y el mantenimiento de las mismas;
Que, con fecha 15 de abril de 1993, la Municipalidad y la Empresa Nuevas Rutas S.A. celebraron un Convenio en el que se deslindan las responsabilidades de cada una con respecto al mantenimiento y provisión de energía eléctrica del sistema de iluminación de la travesía urbana de la Ruta Nacional Nº 7;
Que, en virtud de la conveniencia recíproca para las partes y -sobre todo- para la comunidad de las condiciones establecidas en el Convenio antes citado, deviene necesario ratificar los términos del mismo, como así también, la intervención del Honorable Concejo Deliberante para darle formal validez;
Que para materializar lo expresado precedentemente debe formalizarse un Convenio entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Empresa, que requiere la autorización de este Honorable Concejo Deliberante;
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al Sr. Intendente, en representación de la Municipalidad de San Andrés de Giles, a suscribir con la empresa Nuevas Rutas S.A. el Convenio que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: De forma.
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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