ORDENANZA Nº 739
Visto:
La solicitud efectuada con fecha 04/03/02 por el Sr. Rodolfo Gómez DNI Nº17.291.454, coordinador del Club del Trueque San Andrés, en el sentido de obtener un predio para la organización de una granja comunitaria; y
Considerando:
Que la producción de la granja aumentará la cantidad de productos naturales canjeables por trueque.-
Por ello, el H.C.D. en uso de atribuciones que le son propias sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Se cederá en comodato, por el término de un (1) año renovable, al Club del Trueque San Andrés representado por su coordinador Sr. Rodolfo Gómez DNI Nº17.291.454 un predio con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circ. I, Secc. A, Mz. 39, parte de la parcela 6, ubicada sobre calle Moreno con una superficie aproximada de 1200 mts2 .
Artículo 2º: El citado predio tendrá como único objeto la obtención de productos de granja que solamente deberán ser canjeados por medio de la mencionada Institución.
Artículo 3º: Los productos allí obtenidos no podrán ser comercializados por dinero.
Artículo 4º: Si el uso del predio se desvirtuara se producirá la inmediata cancelación del comodato.
Artículo 5º: De forma.
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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