ORDENANZA Nro. 655
VISTO:
El inadecuado uso que produce la doble mano en la calle José Pichetto entre la Av. Cámpora y la calle 25 de Mayo, y;
CONSIDERANDO:
Que el Art. 27 de la L.O.M. dispone que corresponde al H.C.D. legislar a los efectos de que el tránsito se canalice con orden, fluidez y seguridad.-
Por ello, el H.C.D. sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1: Dispónese la circulación de mano única en la calle José Pichetto sentido Sud-Este a Nor-Oeste, tomando como orientación el sentido decreciente de la numeración domiciliaria, desde la calle 25 de Mayo hasta la Av. Cámpora .-
Artículo 2: El D.E. adoptará los recaudos correspondientes a fin de proceder a la divulgación y señalización respectivas .-
Artículo 3: De forma.-
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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