ORDENANZA Nº 1255
Visto:
El Expediente Nro. 4101-0479/2007, iniciado en virtud del reclamo efectuado por el Agente Municipal Aldo Héctor Nascimbene al determinarse un importe impago en concepto de diferencias generadas por la no inclusión en el cómputo de la antigüedad del agente -por su desempeño como concejal durante los años 1993 a 1997- durante el período comprendido entre los años 1998 y 2006, generándose en consecuencia una diferencia en el pago de las bonificaciones por antigüedad, Bonificación por Asistencia y S.A.C., aportes patronales al I.P.S., I.O.M.A. y Ley 24.557 y;
Considerando:
Que dicha solicitud surge como consecuencia de la vigencia del artículo 19 inciso b) de la ley 11.757.
Que la suma determinada asciende a la cantidad de pesos ocho mil setecientos noventa y un pesos con sesenta y cinco centavos ($ 8.791,65) más pesos un mil ochocientos cuarenta y cinco con noventa centavos ($ 1.845,90) en concepto de aportes patronales generados por tal situación, resultando un importe total de pesos diez mil seiscientos treinta y siete con cincuenta y cinco centavos ($ 10.637,55), no constando en los Libros contables Ejercicios 1998 a 2006 de la registración de pagos por tales conceptos mencionados precedentemente.
Que el Contador Municipal informa que es procedente abonar dicha cifra, previo al cumplimiento del trámite establecido en el artículo 140 del Reglamento de contabilidad, referido al reconocimiento de deudas de ejercicios anteriores, no contabilizadas.
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante, autorizar dicho gasto el cuál debió imputarse en las cuentas Sección 1: Erogaciones Corrientes, Sector 1: Funcionamiento, Inciso 1: Gastos en Personal, P.Pal. 3: Bonificaciones y suplementos, P.Pcial 2: S.A.C.; Sección 1: Erogaciones Corrientes, Sector 1: Funcionamiento, Inciso 1: Gastos en Personal, P.Pal. 3: Bonificaciones y suplementos, P.Pcial 5: Bonificaciones y suplementos, Apartado 1: Antigüedad, Sección 1: Erogaciones Corrientes, Sector 1: Funcionamiento, Inciso 1: Gastos en Personal, P.Pal. 3: Bonificaciones y suplementos, P.Pcial 5: Bonificaciones y suplementos, Apartado 3: Trabajo a Disposición; Sección 1: Erogaciones Corrientes, Sector 1: Funcionamiento, Inciso 1: Gastos en Personal, P.Pal. 4: Aportes Patronales, P.Pcial. 1: I.P.S., Sección 1: Erogaciones Corrientes, Sector 1: Funcionamiento, Inciso 1: Gastos en Personal, P.Pal. 4: Aportes Patronales, P.Pcial. 2: I.O.M.A., Sección 1: Erogaciones Corrientes, Sector 1: Funcionamiento, Inciso 1: Gastos en Personal, P.Pal. 4: Aportes Patronales, P.Pcial. 5: Ley 24.557 de la Finalidad 1: Administración Central, Programa 1: Administración y Finalidad 5, Programa 3: D. Deportes correspondiente a los presupuestos de Gastos de los Ejercicios 1998 a 2006.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Reconócese la deuda de pesos ocho mil setecientos noventa y uno con sesenta y cinco centavos ($ 8.791,65.-) que la Municipalidad de San Andrés de Giles mantiene con el agente municipal Aldo Héctor Nascimbene, de conformidad con lo actuado en el Expediente Nº 4101-0479 letra D Año 2007, más pesos un mil ochocientos cuarenta y cinco con noventa centavos ($ 1.845,90) en concepto de aportes patronales generados por tal situación, resultando un importe total de pesos diez mil seiscientos treinta y siete con cincuenta y cinco centavos ($ 10.637,55) autorizando al D.E. a la cancelación de la misma.
Artículo 2º: Para el pago de la deuda aludida en el artículo anterior, el Departamento Ejecutivo se ajustará a lo preceptuado en el artículo 141 del Reglamento de Contabilidad.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 2007.-
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