ORDENANZA Nº 1253
Visto:
El expediente administrativo Municipal Nº 4101-0412/06, que contiene las actuaciones inherentes a la locación en alquiler a los señores José Luis; Miguel Esteban y Marta Susana Miano de un inmueble propiedad de los mismos, destinado al funcionamiento del Jardín Maternal Municipal “Brotecitos”; y
Considerando:
Que en tal sentido, el contrato de locación original fue suscripto con fecha 1º de julio de 2004, y homologado en su oportunidad por el Honorable Concejo Deliberante a través de la Ordenanza Nº 955 del mismo año. Que la extinción de la vigencia del instrumento contractual, operó el 30 de junio del año en curso.
Que en virtud de ello la señora Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social, ha informado sobre la necesidad de continuar utilizando el inmueble aludido, a efectos de no interrumpir o alterar el útil servicio que brinda a la Comunidad el Jardín Maternal Municipal.
Que la modalidad de guardería infantil para edades que oscilan entre los 40 días de vida, hasta la etapa previa a la primera concurrencia al Jardín de Infantes (3 años), viene a cubrir una importante demanda familiar, cuando ambos padres deben salir a trabajar y no disponen de familiares u otras personas, a quienes confiar el cuidado de sus pequeños, durante el tiempo en que se encuentran ausentes.
Que el señor Contador Municipal ha indicado en su dictamen que existen fondos suficientes en la partida presupuestaria correspondiente, para llevar adelante la contratación aludida hasta la finalización del presente ejercicio.
Que obra dictamen de Asesoría Letrada en el que se informa que deberá solicitarse autorización al Honorable Concejo Deliberante en los términos del art. 273 de la Ley Orgánica Municipal.
Que con fecha 2 de julio de 2007, se suscribió un nuevo contrato de locación de la vivienda ubicada en calle 9 de Julio Nº 529 de esta ciudad, para el funcionamiento del Jardín Maternal Municipal “Brotecitos”, con vencimiento el 30 de junio de 2009.
Por ello, el HCD en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTICULO 1: Apruébase el contrato de locación suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y los Sres. José Luis, Miguel Esteban y Marta Susana Miano, mediante el cual éstos arriendan el inmueble de su propiedad, sito en la calle 9 de Julio N° 529 de esta ciudad, por el término y en las condiciones expresadas en el convenio que, como Anexo I, forma parte de la presente
ARTÍCULO 2: El gasto de locación deberá imputarse en la partida presupuestaria Finalidad 5: Bienestar Social, Programa 2 : “Jardín Maternal Brotecitos”, Sección 1 : Erogaciones corrientes, Sector 1 : Funcionamiento, Inciso 2 : Bienes y servicios , Ppal. 1: “Alquileres y arrendamientos”.
ARTICULO 3 : Autorízase al D.E. a afectar fondos que excedan el presente ejercicio, debiendo formular anualmente las pertinentes reservas de crédito.
ARTÍCULO 4 : Notifíquese a los interesados, a la Secretaría de Cultura, a la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social , a Contaduría, regístrese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 2007.-
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